Polémico abogado viedmense fue suspendido por un año por estafas

El Superior Tribunal de Justicia confirmó la sanción dispuesta por el Colegio de Abogados de Viedma para ejercer la profesión.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) rechazó un recurso interpuesto por el abogado Ignacio Galiano, y confirmó la sanción de un año de suspensión dispuesta por el Colegio de Abogados de esta capital para ejercer la profesión. Esa entidad lo había castigado por las faltas disciplinarias en una estafa que surgen de dos hechos.

El máximo órgano judicial desestimó un reclamo de apelación por parte del letrado en relación al vicio en la competencia del Tribunal de Ética y Decoro.

En ese sentido, los jueces consideraron que el Estatuto de la institución tiene como finalidades el ejercicio del poder disciplinario sobre los matriculados, que el Código de Conducta son de aplicación a los matriculados, es atribución del Colegio fiscalizar el correcto ejercicio de la profesión, y que por Ley Orgánica del Poder Judicial, los colegios podrán aplicar medidas disciplinarias.

En cuanto al planteo de nulidad de la sanción presentada por Galiano, el STJ alegó que no puede prosperar ya que la resolución dictada por el Tribunal de Ética “se encuentra debidamente motivada conteniendo una relación entre los hechos y el derecho”. Tampoco le asiste la razón en torno al planteo del abogado sobre la supuesta “falta de claridad” de la normativa del Colegio.

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Respecto del reclamo de Galiano acerca de que se le vulneró el principio de inocencia en causas penales, en virtud de que se encuentran probados algunos hechos, y además no tiene razón en la sentencia sobre estafa frente “a la constatación de los hechos denunciados y su relación con la normativa vulnerada.

Según el STJ “la gravedad de la conducta del abogado afecta el decoro y la ética profesional del ejercicio de la abogacía, máxime cuando esta profesión se encuentra íntimamente relacionada al valor de la justicia, dado el carácter de auxiliar de aquella y la asimilación del letrado al magistrado en cuanto al respeto y consideración que debe guardársele, lo que impone sin duda alguna el deber de actuar con el mismo decoro, encuadrando aquella conducta en la concepción amplia del decoro”.

La resolución del STJ N° 234 lleva la firma de los jueces Ricardo Apcarían, Adriana Zaratiegui, y Liliana Piccinini.

A principios de este año, el fiscal Guillermo González Sacco formuló cargos contra él al considerarlo como autor de los delitos de estafa y uso de documentos falsos. Otra persona fue imputada en el mismo hecho como partícipe necesario, se estima que un damnificado perdió unos 130.000 pesos, y en consecuencia el juez Juan Martín Brussino aceptó la formulación de cargos.

Galiano apareció como gestor de códigos de descuentos de salarios a empleados públicos en favor de mutuales. Esa participación habría derivado en códigos apócrifos de descuentos, lo cual, afectó a siete mutuales, quienes -según la denuncia- habrían abonado un millón de pesos al abogado por esas gestiones. La denuncia fue formalizada por la secretaria de la Función Pública, Isabel Tipping.

En 2015, la Cámara del Trabajo de Viedma lo condenó a pagar las costas de un juicio laboral que inició en representación de una empleada. El tribunal advirtió que actuó con “un notorio desconocimiento del derecho y suma negligencia profesional”, incluso a través de “un reclamo huérfano de hechos que lo funden”.

A principios de este año, por falta de pruebas de todos los imputados, fue sobreseído en la causa por el incendio a Tribunales en julio de 2015. Aún así, estuvo tras las rejas durante 2016 al ser acusado de instigador.


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