Veda electoral: ¿qué se puede hacer y qué no?
La veda comenzó este viernes a las ocho de la mañana y se extenderá hasta las 21 del domingo.
Según establece el Código Nacional Electoral, desde las 8 de este viernes no se pueden realizar actos públicos de proselitismo ni publicar o difundir encuestas y sondeos preelectorales, hasta tres horas después del cierre de los comicios.
Finalizó la campaña y el país está a la espera de las elecciones nacionales que se desarrollarán el domingo en todo el país.
Durante el domingo, está prohibida la realización de espectáculos masivos, al igual que la venta de bebidas alcohólicas desde la cero hora del día de la elección y hasta que se cumplan 3 horas de terminada.
Asimismo, los comercios que vendan bebidas alcohólicas, ya sean restaurantes, bares o boliches, solo podrán estar abiertos hasta las 24 del sábado y no podrán levantar sus persianas el domingo.
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El Código Nacional Electoral además establece una pena de prisión de entre quince días y seis meses a quienes sean encontrados culpables de expender bebidas alcohólicas desde doce horas antes y hasta tres horas después de finalizado el acto eleccionario.
Tampoco se puede «ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de las mesas receptoras de votos».
Asimismo, está prohibido «la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizada».
Respecto al uso de las redes sociales durante la veda electoral, solo son validas las publicaciones interpersonales y está prohibida la publicidad formal para captar votos.
Télam
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