Una gestora le tramitó la jubilación, pero cuando cobró no le pagó por sus servicios

La gestora le tramitó todos los papeles que exige la Anses, pero cuando el jubilado empezó a cobrar, no le abonó los honorarios.

Un fallo de Cipolletti ordenó pagarle a una gestora los honorarios por haber tramitado la jubilación a una persona. El reclamo tramitó a través del proceso de “menor cuantía” ante el Juzgado de Paz de la ciudad.

La gestora explicó que el hombre que fue demandado la contrató para que le realice algunos trámites, previos y necesarios para iniciar el proceso de jubilación. Es que para acceder a los beneficios previsionales, deben presentarse todos los papeles que solicita la Anses.

Una vez que terminaron sus gestiones, el hombre que la contrató pudo ingresar su expediente ante Anses, y la misma gestora le avisó que ya se había depositado el pago del primer haber.

En ese punto le informó cuales eran sus honorarios, pero luego de varios llamados telefónicos y promesas de pago, el hombre no cumplió con lo acordado.

Durante el proceso por menor cuantía la jueza de Paz de Cipolletti, Gabriela Lapuente, consideró que estuvo acreditada la gestión ante AFIP, y por eso hizo lugar al reclamo, ya que la gestora presentó pruebas.

Se fijó el monto de 6.560,70 pesos, que equivale a un haber jubilatorio más los gastos por carta documento y tasa de justicia.

Las acciones de menor cuantía permiten resolver reclamos de manera rápida, sencilla y en cualquier ciudad, pueblo o paraje que cuente con un Juzgado de Paz.

¿Menor cuantía?

Las acciones de menor cuantía permiten a los ciudadanos resolver reclamos de una manera rápida, sencilla y en cualquier ciudad, pueblo o paraje que cuente con un Juzgado de Paz.

El monto máximo previsto para los procesos es de 50 mil pesos, según la última resolución del Superior Tribunal de Justicia (STJ).

El procedimiento es gratuito, para garantizar el acceso a la justicia, es informal y respeta los principios de bilateralidad, igualdad y colaboración.

El Poder Judicial rionegrino tiene 49 Juzgados de Paz, extendidos en todo el territorio provincial, y representan, en muchos casos, la opción más cercana de los ciudadanos a la hora de resolver conflictos vecinales.

Los procesos de menor cuantía se inician en los Juzgados de Paz con un formulario en carácter de demanda, a través del cual se reclama un monto en pesos a la contraparte.

El trámite es verbal, sumarísimo, gratuito, informal pero con la garantía del resguardo del derecho de defensa. Los juicios que quedan excluidos son los de sucesión, familia, laborales y desalojo.


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