Un decreto avanza sobre el Presupuesto, sin control parlamentario
Fue firmado recientemente por el Presidente y otorga facultades al Jefe de Gabinete para remover sin límites partidas de gastos generales y de la Agencia Federal de Inteligencia, en nombre de la pandemia. El Presupuesto 2020 nunca fue presentado ni aprobado. Y el Congreso no funciona aún.
Un reciente decreto del presidente Alberto Fernández avanza sobre competencias del Congreso al disponer una modificación del Presupuesto General de la Administración Nacional para 2020.
El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N°457/2020, en su artículo 4°, suspende durante el ejercicio 2020 la aplicación de los límites a las reestructuraciones presupuestarias y autoriza al Jefe de Gabinete de Ministros a realizar modificaciones dentro del monto total aprobado.
En otras palabras, Santiago Cafiero tiene desde ayer facultades para remover sin límites partidas de gastos generales y de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI).
El decreto debería ser ratificado por el Congreso, que hoy aún no funciona. La falta de control parlamentario podría dejar abierta la posibilidad de que se cometan irregularidades y arbitrariedades. La emergencia por la pandemia del coronavirus fue el marco en el que se adoptó la decisión oficial. El Congreso no está sesionando y nada aún garantiza que lo haga en forma normal si se consideran fallidos intentos, no del todo resueltos, a través del sistema remoto, con gigantescas pantallas leads que buscan ser controladas por los titulares de las Cámaras.
En ese decreto, el gobierno nacional reforzó el Presupuesto para este año en $ 382.183.131.794 de los cuales, el 80% de ese monto, $ 306.234.303.869 se destinarán a la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) para atender la emergencia sanitaria por la pandemia del coronavirus. En sus considerandos, la norma hace referencia al impacto «considerable» de las medidas de aislamiento «en el normal funcionamiento de la economía y la sociedad».
Desde la oposición no hubo pronunciamientos críticos a este DNU, salvo en el de la diputada de Juntos por el Cambio Gabriela Lena, quien alertó que “el Congreso clausurado y las decisiones concentradas en el Ejecutivo Nacional se están cometiendo arbitrariedades y nos impiden ejercer la representación para la que fuimos electos”. Está convencida la legisladora de la “existencia de un plan estratégico para anular el Congreso y silenciar, de esta manera, las expresiones críticas de la oposición”.
Alertó Lena que “no se puede modificar el Presupuesto Nacional 2020 por la simple razón que el presupuesto nunca fue presentado ni aprobado. «Lo que aún está vigente es el presupuesto 2019, aprobado por el Gobierno anterior. Hoy, la administración de Fernández, a cinco meses de haber asumido, no posee un proyecto de presupuesto propio que haya sido aprobado y esto es gravísimo, porque no sabemos cuáles son las prioridades en materia de gastos, inversiones y orientación de las políticas públicas que busca llevar adelante el Ejecutivo Nacional», explicó.
La Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N°24.156 estipula en su artículo 37° que corresponden al Congreso Nacional las decisiones que afecten el monto total del presupuesto y el monto del endeudamiento previsto, así como las partidas que refieran a gastos reservados y de inteligencia.
La falta de vigencia del Presupuesto 2020 había sido expuesta por el presidente Fernández en el mismo discurso de asunción. Dijo entonces ante la Asamblea Legislativa: “He decidido que no le daremos tratamiento parlamentario al Presupuesto Nacional proyectado por el Gobierno saliente para el ejercicio 2020. Sus números no reflejan ni la realidad de la economía ni las realidades sociales ni los compromisos de deuda que realmente se han asumido”.
“Un presupuesto adecuado sólo puede ser proyectado una vez que la instancia de negociación de nuestra deuda haya sido completada y, al mismo tiempo, hayamos podido poner en práctica un conjunto de medidas económicas, productivas y sociales para compensar el efecto de la crisis en la economía real”, agregó ese día Fernández.
Al no tener una Ley de Presupuesto para el año en curso, el Poder Ejecutivo puede recurrir a la Ley del año anterior y modificar partidas, lo que le da mucha mayor flexibilidad y discrecionalidad. El jefe de Gabinete tiene la facultad de hacerlo por decisión administrativa. Es lo que habilita el DNU firmado en las últimas horas, con la pandemia como marco de justificación.
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