Tres años en suspenso a enfermera que practicó aborto a una menor
VIEDMA (AV).- Una enfermera fue condenada a tres años de prisión en suspenso al ser declarada responsable del delito de “aborto sin consentimiento” practicado a una menor de edad. La Sala B de la Cámara del Crimen de Viedma, integrada por Jorge Bustamante, Juan Pablo Estrabou y Francisco Cerdera, le impuso además a Susana Merillán la inhabilitación especial por el mismo lapso para el ejercicio de la profesión. En un juicio abreviado la enfermera de Sierra Grande reconoció la autoría, la calificación legal y aceptó la pena en suspenso. El hecho ocurrió el 21 de junio de 2008 cuando, en su domicilio, efectuó maniobras para interrumpir el embarazo de 12 semanas que cursaba una jovencita de 15 años. La mujer introdujo a la adolescente una sonda en la vagina y un líquido no determinado en la investigación, que finalmente provocó el aborto. La intervención causó a la chica una serie de alteraciones por las que debió ser atendida de urgencia en la guardia del hospital, donde se le practicó un legrado y se le brindó tratamiento farmacológico. De no haber sido así “la paciente hubiera muerto de sepsis generalizada”, puntualizó el fallo. El tribunal compartió la propuesta del Fiscal de Cámara sobre la calificación legal, “corrigiendo el yerro de su inferior quien sostuvo un obrar con consentimiento de la mujer, cuando por su edad (15 años) no puede ser válido”. Por eso los camaristas imputaron la figura del “aborto sin consentimiento”. El fallo fue leído el martes, en coincidencia con el Día Internacional por la Legalización del Aborto, oportunidad que distintas organizaciones presentaron en todo el país habeas corpus colectivos reclamando la despenalización. En Viedma la presentación fue de la agrupación de mujeres “Juana Azurduy”.
VIEDMA (AV).- Una enfermera fue condenada a tres años de prisión en suspenso al ser declarada responsable del delito de “aborto sin consentimiento” practicado a una menor de edad. La Sala B de la Cámara del Crimen de Viedma, integrada por Jorge Bustamante, Juan Pablo Estrabou y Francisco Cerdera, le impuso además a Susana Merillán la inhabilitación especial por el mismo lapso para el ejercicio de la profesión. En un juicio abreviado la enfermera de Sierra Grande reconoció la autoría, la calificación legal y aceptó la pena en suspenso. El hecho ocurrió el 21 de junio de 2008 cuando, en su domicilio, efectuó maniobras para interrumpir el embarazo de 12 semanas que cursaba una jovencita de 15 años. La mujer introdujo a la adolescente una sonda en la vagina y un líquido no determinado en la investigación, que finalmente provocó el aborto. La intervención causó a la chica una serie de alteraciones por las que debió ser atendida de urgencia en la guardia del hospital, donde se le practicó un legrado y se le brindó tratamiento farmacológico. De no haber sido así “la paciente hubiera muerto de sepsis generalizada”, puntualizó el fallo. El tribunal compartió la propuesta del Fiscal de Cámara sobre la calificación legal, “corrigiendo el yerro de su inferior quien sostuvo un obrar con consentimiento de la mujer, cuando por su edad (15 años) no puede ser válido”. Por eso los camaristas imputaron la figura del “aborto sin consentimiento”. El fallo fue leído el martes, en coincidencia con el Día Internacional por la Legalización del Aborto, oportunidad que distintas organizaciones presentaron en todo el país habeas corpus colectivos reclamando la despenalización. En Viedma la presentación fue de la agrupación de mujeres “Juana Azurduy”.
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