Viviendas del IPPV: quiénes pueden pedir el permiso de «Cuidador», cuánto dura y los requisitos

El trámite permite autorizar a otra persona a habitar temporalmente una vivienda del IPPV cuando el titular debe ausentarse por razones laborales o de salud debidamente justificadas.

Redacción

Por Redacción

El organismo provincial cuenta con una figura que permite resolver de manera excepcional la ausencia temporal de los titulares de viviendas adjudicadas. Foto: Marcelo Ochoa.

El organismo provincial cuenta con una figura que permite resolver de manera excepcional la ausencia temporal de los titulares de viviendas adjudicadas. Foto: Marcelo Ochoa.

Las viviendas adjudicadas por el IPPV no pueden cederse, alquilarse ni venderse hasta que sean totalmente canceladas y escrituradas. Sin embargo, el organismo cuenta con la figura del “Cuidador”, destinada a atender situaciones particulares en las que el titular necesita ausentarse de manera temporal.

El trámite permite autorizar excepcionalmente a otra persona para que habite la vivienda mientras el adjudicatario se encuentra fuera, siempre que la ausencia esté debidamente justificada y se presente la documentación correspondiente.

Una de las principales características de esta figura es que el cuidador es elegido por el propio adjudicatario y no necesariamente debe ser un familiar. Puede ser cualquier persona designada por el titular para quedar al frente de la vivienda durante su ausencia.


¿Cuándo se puede solicitar el permiso?


El trámite está destinado a los casos en que el o los adjudicatarios deban ausentarse por razones de salud o laborales.

En el caso de motivos de salud, se deben presentar estudios o certificados médicos que acrediten la situación.

Cuando la ausencia responde a cuestiones laborales, es necesario acompañar una Resolución, Disposición u otro acto administrativo que justifique el traslado.

Además, uno de los requisitos fundamentales es que la vivienda se encuentre al día con el pago de las cuotas.


¿Qué debe presentar el cuidador?


La persona elegida para quedar al cuidado de la vivienda debe presentar su DNI.

Además, el adjudicatario y el cuidador deben presentarse juntos y firmar un acuerdo en la Delegación del IPPV donde se realiza el trámite.

Por eso, no alcanza con que el titular acuerde de manera particular con otra persona que se quede en la vivienda. La autorización debe gestionarse obligatoriamente ante el IPPV.


¿Cuánto tiempo dura?


El permiso tiene una vigencia de un año y puede renovarse por un período igual por única vez.

De esta manera, el plazo máximo previsto es de dos años. Desde el organismo remarcaron que los casos que alcanzan ese segundo año son excepcionales y, una vez utilizada la renovación, no puede volver a extenderse mediante esta figura.

En situaciones que requieran una consideración especial, el otorgamiento queda sujeto a la evaluación y al criterio del IPPV, de acuerdo con la documentación y los motivos presentados.


¿Dónde se realiza el trámite?


La gestión debe realizarse de manera presencial en la Delegación del IPPV más cercana al domicilio de la vivienda.

Allí se presenta la documentación requerida y se formaliza el acuerdo entre el adjudicatario y la persona designada como cuidador.

De esta manera, el organismo busca contemplar situaciones temporales en las que los adjudicatarios necesitan ausentarse de sus hogares, sin que ello implique una cesión, alquiler o transferencia de la vivienda.


Las viviendas adjudicadas por el IPPV no pueden cederse, alquilarse ni venderse hasta que sean totalmente canceladas y escrituradas. Sin embargo, el organismo cuenta con la figura del “Cuidador”, destinada a atender situaciones particulares en las que el titular necesita ausentarse de manera temporal.

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