Río Negro mantendrá la ley de «alcohol cero» pero con una tolerancia de 0,2 gs.

La Ley 5259 fue aprobada en el 2017 y por ahora no está prevista una revisión, explicaron desde la Legislatura de Río Negro.

En noviembre del año 2017, la Legislatura de la provincia de Río Negro sancionó una ley que prohibía conducir cualquier tipo de automóvil con tasa de alcoholemia positiva superior a cero gramos de alcohol en sangre. Pero la misma normativa establecía que existe una tolerancia de «0,2 gs.» teniendo en cuenta que el consumo de algunos productos podría arrojar un resultado «mínimamente positivo».

A partir de la implementación de la ley que aprobaron diputados y senadores, esta madrugada comenzó a regir a nivel nacional la Ley de Tránsito (27.714) que modifica uno de los artículos de la anterior (Ley 24.449) donde se establecía una tolerancia de hasta 500 miligramos (0,5 gs.) de alcohol por litro de sangre para autos.

Fuentes de la Legislatura de Río Negro confirmaron que la normativa se encuentra aprobada en Río Negro desde hace seis años pero con la salvedad que seguirá existiendo la tolerancia de 0,2 gs.

«En su momento el tema se evaluó y se acordó la tolerancia porque hay productos (un bombón de chocolate por ejemplo) que pueden contener un grado de alcohol. Esto significa que el equipo puede dar un registro positivo mínimo. Entonces la ley también brindaba un cobertura porque en caso de accidente las empresas aseguradoras no iban a cubrir nada si no había algún grado de tolerancia», explicaron.

Si bien todavía no se evaluó el tema de manera oficial, desde la Legislatura explicaron que se hizo un sondeo para analizar la nueva normativa nacional y tener la opinión de los funcionarios de cada área. Es por eso que esta mañana se sucedieron las comunicaciones y finalmente se decidió mantener la normativa que fue aprobada en el año 2017.

Que dice la Ley 5259

Con la norma aprobada por la Legislatura quedó prohibido conducir sin la licencia especial correspondiente ante impedimentos físicos o psíquicos, y bajo efectos de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas.

La iniciativa, que fue presentada por la legisladora Silvia Paz (JSRN), estableció que los conductores están obligados a someterse a los procedimientos necesarios destinados a determinar su estado de intoxicación y su negativa se constituirá en una falta.

Prevé además, que «no se instruirá sumario administrativo cuando la tasa de alcohol en sangre no supere los 0,2 gramos». A través de esa ley también se definió que sea el Ministerio de Seguridad y Justicia la autoridad de aplicación, a través de la Policía de Río Negro.


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