Publicaron el listado de lugares donde no será obligatorio el barbijo en Neuquén
Incluye locales comerciales, pero también espacios deportivos y de eventos. La resolución se publicó en el Boletín Oficial.
El gobierno provincial publicó el listado completo de actividades que quedarán exentas del uso obligatorio del barbijo como medida de prevención contra el covid-19 como locales comerciales, cines y teatros. La medida, que se oficializó a través de una norma de la Jefatura de Gabinete, había sido reclamada por las cámaras empresarias luego de que se dispusiera algo similar para los estudiantes de las escuelas.
En los argumentos de la resolución 12/2022 firmada por el ministro Sebastián González se indicó que «se observa la merma de casos de covid-19» así como «altos porcentajes de vacunación de la población» y es por ello que se dispone la medida de establecer un uso optativo de los barbijos y tapabocas.
De todas formas, aclara que el gobierno «recomienda la mantención de los hábitos de sanitización personal, de la ventilación cruzada de ambientes y el uso de tapabocas en lugares cerrados a toda la ciudadanía y especialmente a aquellas personas mayores de 60 años o quienes tengan enfermedades preexistentes o no hayan completado el esquema de vacunación».
En concreto, la resolución establece en su artículo 1° «el uso optativo y voluntario del barbijo o tapabocas en espacios compartidos, sean éstos cerrados o abiertos, en todo el territorio provincial». La decisión, en el caso de personas menores de edad, «reposa en sus progenitores, tutores o adultos responsables».
Punto por punto, los lugares donde no se exigirá barbijo
La medida es de aplicación en locales:
– Comerciales,
– Gastronómicos y turísticos,
– Salones de eventos y fiestas, discotecas,
– Templos religiosos y lugares de culto,
– Medios de transporte público,
– Clubes y asociaciones deportivas, gimnasios y afines,
– Salas de juego y casinos, cines, teatros,
– Bibliotecas, museos y,
– Actos o eventos oficiales, así como también en las oficinas de la Administración Pública Provincial Centralizada y Descentralizada, Empresas y Entes del Estado Provincial.
La norma aclara que la medida «podrá ser dejada sin efecto, en caso que la situación epidemiológica de la provincia así lo indique».
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