Restaurante multado en Cipolletti: por qué hay que pagar por la música en cumpleaños de 15, casamientos y fiestas

Cuando se organiza un evento social o corporativo hay que gestionar un trámite impositivo para evitar multas.

Un fallo judicial condenó a pagar una multa al dueño de un restaurante en Cipolletti por la música reproducida. También incluye fiestas, como casamientos y cumpleaños de 15. Cómo evitar la multa y qué trámite hay que hacer.

Cuando se organiza un evento social o corporativo en un lugar público, es necesario gestionar un trámite impositivo para pasar música en Sadaic (Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música) y en Aadi-Capif (Asociación Argentina de Intérpretes-Cámara Argentina de Productores de Fonogramas y Videogramas).

Se trata de una autorización emitida por las dos entidades que habilita la reproducción de obras y fonogramas bajo derechos de autor.

Además, se puede evitar una posible multa, como le ocurrió al dueño de un restaurante en Cipolletti que deberá abonar 780 cafés en aranceles impagos acumulados durante casi dos años.

Sadaic establece para comidas con o sin show (fiestas empresariales, comerciales, institucionales y similares) un pago del 8% sobre los ingresos totales por venta de tarjetas o menús, o a opción del usuario, el 40% del 20% de los ingresos brutos totales por cada evento.

Si no se cobra tarjeta, se aplica el mismo porcentaje de arancel sobre los valores de tarjeta calculados por analogía.

En el caso de las fiestas familiares (casamientos, cumpleaños, aniversarios y similares), Sadaic establece el pago de un monto fijo de acuerdo a la importancia y/o categoría del local. El valor de estos impuestos varía en base a múltiples factores como el horario del evento, la superficie del espacio físico y la cantidad de personas que asistirán.

Si para la organización de la fiesta no se tiene en cuenta el derecho a baile pero se contrata una banda para que toque en vivo, entonces la normativa es diferente. En este caso, se debe pagar a SADAIC el 4% del total de los ingresos por boletería o tarjeta.


Cómo realizar el trámite ante Sadaic y Aadi-Capif


La Cámara Argentina de Productores de Fonogramas y Videogramas (CAPIF) y la Asociación Argentina de Intérpretes (AADI) son las otras dos entidades legalmente designadas para la gestión y distribución de los derechos de comunicación al público de fonogramas comerciales por sus usos en el país.

Estas organizaciones cobran un impuesto a todos los salones, espacios físicos y particulares donde se desee reproducir música durante un evento.

En muchos casos, son las mismas empresas de catering o los locales para eventos los que se ocupan de gestionar el permiso. De ser así, es recomendable solicitarle unos días antes del evento que nos muestre o nos entregue una copia del recibo de pago para evitar problemas.

Si es el cliente el que decide tramitar el impuesto, entonces deberá acercarse personalmente a las oficinas de estas entidades para realizar el pago y obtener la habilitación. Se paga en la misma jurisdicción donde se realiza el evento.

Precios de referencia: algunos salones incluyen el pago del impuesto en su presupuesto (entre 1000 y 2000 pesos). En los organismos oficiales: entre 20 y 22 pesos por persona.


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