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Neuquén: “Prohibido llevar cadáveres en autos de alquiler”

En la capital del Territorio del Neuquén buscaban ordenar el tránsito. Una de las primeras ordenanza en esta materia, tuvo artículos que hoy pueden sonar como rarezas u obviedades.

Misión difícil si las hay para las autoridades de una ciudad, es sin duda, ordenar el tránsito y lograr que los habitantes incorporen buenas prácticas para la convivencia social. Tal hoy no nos sorprendan normas que prohíben girar la izquierda en determinadas esquinas o las que establecen velocidades mínimas y máximas para circular. Pero en la capital del Territorio del Neuquén hubo que empezar de cero y fue necesario diagramar un listado de reglas para la convivencia de carros, carretas, caballos y automóviles, todos al mismo tiempo. Además, fue necesario desterrar hábitos inadecuados, como por ejemplo transportar cadáveres en los entonces “taxis”.


“Queda prohibida la conducción de cadáveres en carruajes de alquiler bajo pena de 15 pesos de multa por la primera vez y 20 por cada reincidencia, debiendo además, procederse a la desinfección a costa del dueño del carruaje”, establecía el artículo octavo de la “Ordenanza de Tráfico” que fue sancionada en 1914. También prohibía el transporte de enfermos notoriamente contagiosos. Si eran encontrados en falta también debían desinfectar el carruaje y pagar una multa.

En tren de guardar las buenas costumbres, la norma en su artículo cuarto, determinaba que “todo carro destinado a la conducción de estiércol o cualquier material sucia, deberá ser construido de manera que no permita el derrame de la carga que conduzca en el trayecto”.

Y aunque hoy nos asombre o nos parezca que no es necesario legislar sobre obviedades, parece que en aquellos años no eran tan evidente. Es que el artículo 21 advertía que las bicicletas, automóviles y “otros medios de locomoción mecánica” no tenían permitido circular por las veredas.

La “Ordenanza de Tráfico” recordaba también que desde el anochecer era obligatorio circular con las luces encendidas y que estaban prohibidas las carreras por las calles, ya sean de caballos o de vehículos con ruedas.

Por último, uno de artículos generó mucho tiempo después una norma específica: “No se podrán dejar animales sueltos ni arrearlos por las calles central de la ciudad”.

Fue evidente que está disposición fue difícil de hacer cumplir ya que en la década del 50 una de las ordenanzas dedicó 2 artículos a está prohibición. La curiosidad es que hasta el 2000 estuvo vigente. Luego de ese año fue derogada.


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