Loteos privados deberán ceder tierras para viviendas sociales en San Martín de los Andes
El Deliberante aprobó una ordenanza para aumentar la superficie que los desarrollos privados deben ceder a la comuna. Buscan paliar la crisis habitacional que enfrenta la ciudad.
Por unanimidad, el Concejo Deliberante de San Martín de los Andes aprobó este viernes una ordenanza para ampliar la cantidad de tierras que los desarrollos inmobiliarios de la ciudad tendrán que ceder al municipio, en el contexto de la crisis habitacional que atraviesa la comuna.
De esta manera, el Ejecutivo local recibirá hasta un 19% de la superficie de estos desarrollos, centralmente loteos, del cual un 10% irá a espacios verdes y un 9% a reserva fiscal.
Precisamente, dentro de esta última categoría, un 4% se destinará para usos comunitarios generales tales como establecimientos educativos, culturales, sanitarios, seguridad o de administración pública, y el 5% restante pasará a constituir el Banco de Tierras, con el que se buscará facilitar el acceso a la vivienda en la ciudad, una de las más cotizadas de la provincia de Neuquén.
Banco de tierras en San Martín de los Andes: los antecedentes
El banco de tierras no es nuevo en la localidad cordillerana, sino que fue aprobado en 2022 como una alternativa para generar loteos sociales. Pero recién ahora, con esta nueva norma, podrá tener fondeo concreto con los nuevos desarrollos privados que se establezcan.
La ordenanza, que fue aprobada por unanimidad, también creo un Área de Desarrollo Especial Optativo con ordenadores urbanísticos y usos que favorezcan una utilización más intensiva y amplia del suelo destinado a la mejora en la oferta de tierra urbanizada y vivienda para residentes de la localidad.
El autor de la iniciativa, el concejal de Unión por la Patria, Santiago Fernández, destacó que con este cambio en las regulaciones se podrá vincular «el desarrollo inmobiliario a la generación de herramientas» para atender la problemática habitacional.
Por otra parte, durante la sesión, también se trató una ordenanza complementaria para establecer un programa que posibilita diversas alternativas para el uso de estas tierras como adjudicaciones individuales o a través de organizaciones sociales, cooperativas u otras entidades.
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