El Municipio advirtió sobre la venta «irregular» de un loteo en Neuquén, en el límite con Plottier

Alertaron que el "Loteo Altos del Maida" está en incumplimiento con la ordenanza N°13.858.

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Luego de la denuncia en medios que realizó la concejal por Comunidad, Laura Pérez, la Municipalidad de Neuquén confirmó que la comercialización del «Loteo Altos del Maida» es irregular ya que «el loteador ofrece terrenos sin haber presentado ningún tipo de documentación». 

En este sentido, desde el municipio alertaron que el vendedor está «en incumplimiento con la ordenanza N°13.858». El loteo está ubicado en cercanías a la Bajada del Maida, en el límite con la ciudad del Plottier. En el sector, además, hay instalaciones petroleras y presencia de ductos de gas de alta presión.

«En una inspección realizada por la Subsecretaría de Obras Particulares, dependiente de la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento Urbano, no se constató ningún avance respecto a los planos que se están promocionando«, comunicaron. 

Las tierras son ofertadas a través de redes sociales.

Por este motivo, desde el Ejecutivo advirtieron a la comunidad que, según la normativa vigente, el loteador no podrá escriturar los lotes enajenados.


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La municipalidad comunicó que, para la obtención del visado definitivo del loteo, el expediente de una urbanización (tanto abierta como cerrada) deberá contar con los siguientes puntos aprobados: 

  • En Ordenamiento Urbano (Etapa I): 

1- Presentación de la Prefactibilidad Urbano Ambiental. Anteproyecto desarrollado primordialmente por un urbanista, arquitecto. 
  2- Presentación de informe/ estudio de impacto ambiental según determina la Etapa I, en obras particulares y en ambiente. 

  • En LA Unidad Técnica de Gestión Urbano Ambiental (UTGUA) (Etapa II): 

    3- Se otorga la declaración urbano ambiental y el visado preliminar del plano de mensura. 
  • En Catastro (Etapa III) 

    4- Una vez obtenido el visado preliminar, se gira el expediente a Catastro donde se designará responsable del loteo encargado de llevar adelante lo que se dictamino en la UTGUA; y el responsable ambiental. Una vez obtenido el visado provisorio pueden iniciar obras en el loteo (nivelación de terreno, amojonamiento, infraestructura, cordón cuneta, etc.) Sin visado provisorio no pueden iniciar ningún tipo de obras y tareas en el loteo. 
  • Inspecciones de Obras Públicas y Catastro (Etapa IV): 

    5- Una vez realizadas las obras de infraestructura correspondientes, Catastro e Inspecciones Públicas + Proyectos Viales, interactúan para evaluar el avance de la obra. Si cumple con el 100% se le otorga el visado definitivo. 

    6- Una vez obtenido el visado definitivo, se gira a Catastro Provincial y se otorgan las Nomenclaturas Catastrales. 

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