El juicio por la muerte de un paciente del Borda volvió a poner en debate qué lugar asigna el Estado a la salud mental
La causa judicial comenzó cuando el joven aún se encontraba con vida, a partir de la denuncia realizada por el personal médico que lo atendió en el Penna tras descubrir diferentes lesiones, compatibles con electrocución.
La Justicia absolvió este martes a los profesionales de la salud imputados por la muerte de Matías Carbonell, paciente del Hospital Borda, ocurrida en noviembre de 2010 en el Hospital Penna, del barrio de Parque Patricios. La víctima de este primer juicio por torturas dentro de un neuropsiquiátrico ocurridas en democracia es Matías Carbonell, un joven que murió el 12 de noviembre de 2010 después de 24 días de agonía en el Hospital Penna, al que había sido trasladado de urgencia el 19 de octubre del mismo año, totalmente descompensado. Al margen del veredicto, lo ocurrido reflota el debate sobre la problemática.
Ante el Tribunal Oral No.14 de la Ciudad de Buenos Aires, encabezado por el juez Domingo Altieri e integrado por los jueces Gabriel Vega y Gustavo Valle, estuvieron seis de los responsables del tratamiento y el cuidado de Matías, quienes habían sido imputados por «tortura, abandono de persona seguido de muerte, ocultamiento de medios de prueba y omisión de denunciar hechos de tortura».
Después de conocerse la absolución de los imputados, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) publicó un hilo de Twitter en el que destacó que «el caso llegó a juicio oral gracias al empuje de la familia y la querella, con un Ministerio Público Fiscal que nunca escuchó a las víctimas».
«Con demoras e irregularidades, el proceso judicial dejó ver cuál es el lugar que le asigna el Estado, y en particular la Justicia, a las personas con padecimiento de salud mental»,
cuestionó esa organización.
Además señaló que el trámite de la causa «puso en evidencia las dificultades que deben atravesar las víctimas para lograr que el poder judicial investigue las muertes en contexto de encierro».
«Tomar estas muertes como si fuesen naturales, termina convalidando un sistema de violencia que permanece impune; Matías atravesó una internación en condiciones denigrantes. En el Borda fue víctima de malos tratos, sobremedicación y soportó diversas formas de violencia y hostigamiento por parte de les profesionales», aseguró el CELS.
El comunicado recordó que Carbonell «murió el 19 de octubre de 2010, 24 días después de ingresar al Hospital Penna inconsciente, en estado crítico y con heridas compatibles con electrocución, heridas que ningún profesional pudo explicar durante el juicio» y que «en el juicio quedó demostrado que en estos lugares las personas no se curan y que el deterioro y el aumento de las posibilidades de morir son evidentes».
«Es fundamental que la Ciudad de Buenos Aires cumpla con la Ley Nacional de Salud Mental y cierre los manicomios»,
completaron desde esa organización.
Además del psicólogo Roberto Capiello, los otros imputados son los psiquiatras Fabián Gustavo Pintow y Silvia Beatriz Scheweitzer; y los enfermeros Hugo Alfredo Dospital, Ismael Ricardo Portillo y Jorge Héctor Mastricola.
El caso
Carbonell había sido internado en el Borda compulsivamente, por una disposición de un juez de ejecución penal, en febrero de 2009.
La causa judicial comenzó cuando Carbonell aún se encontraba con vida, a partir de la denuncia realizada por el personal médico que lo atendió en el Penna tras descubrir diferentes lesiones, entre ellas golpes y quemaduras en el tórax y uno de sus brazos, compatibles con electrocución.
Para la querella patrocinada por el CELS, la muerte sobrevino como consecuencia del «daño irreversible que había recibido su organismo» durante los meses de tratamiento en el Borda.
«Durante ese año de internación, su salud física y mental tuvieron un deterioro generalizado y hacia noviembre de 2010 a Matías lo encontraron en la cama del servicio, en una condición muy grave de salud, con signos de haber tenido una broncoaspiración, cianótico, febril y a partir de ahí comenzó un deterioro que lo condujo a su muerte», dijo a Télam Macarena Sabin Paz, coordinadora de Salud Mental del CELS.
La especialista recordó que los médicos del hospital Penna donde fue trasladado de emergencia «dijeron que tenía algunos signos compatibles con pasaje de corriente eléctrica, algunas lesiones en su palma, pecho y brazo».
Por otro lado, sostuvo que el caso viene a ratificar «que estos lugares tienen que transformarse hasta su cierre definitivo» prescripto por la Ley de Salud Mental de 2010, para que las personas con este tipo de afecciones «puedan vivir en la comunidad, en igualdad de condiciones con las demás y teniendo acceso a los servicios de salud mental como a cualquier otra especialidad».
«El de Matías no es un caso aislado e históricamente estas fueron muertes que no se investigaban, naturalizadas»,
dijo.
Agencia Télam.
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