El caso de una cocinera despedida en el Alto Valle: cómo iniciar un reclamo gratuito por informalidad laboral en Río Negro

El caso resuelto por la Cámara del Trabajo de Cipolletti despertó interrogantes, como los pasos para iniciar un reclamo de informalidad laboral y a través de una instancia de mediación gratuita en Río Negro.

El caso de una cocinera de una rotisería del Alto Valle que fue despedida, hizo un juicio y consiguió un fallo favorable de la Cámara del Trabajo de Cipolletti, despertó interrogantes. Existen una forma gratuita en Río Negro para iniciar el reclamo y conseguir una indemnización en caso de existir las condiciones de informalidad. Los detalles.

Uno de los pasos claves y para evitar un juicio que puede llevar años, es la instancia de mediación gratuita que ofrece la Secretaría de Trabajo de Río Negro.

Además, de los casos de trabajo registrados, desde este año se reactivó el circuito de reclamo laboral de aquellas personas que son despedidas en condiciones de informalidad y un salario clandestino.

Cualquier persona se puede acercar a las 16 delegaciones que cuenta Trabajo en la Provincia y también en el área central de Viedma, que cuenta con el asesoramiento jurídico gratuito, previsto por la la Ley 5255.

El trabajador inicia el reclamo en la mesa de entrada, donde es recibido por una persona capacitada para tomar el reclamo y también los datos personales, el nombre del empleador, y desde que fecha estaba trabajando, es decir su antigüedad.

«Eso es fundamental porque si querés fundamentar la indemnización de lo que se te debe, la base del cálculo es la antigüedad», aclaró la Secretaria de Trabajo, María Marta Avilés .

Una vez que se reúne esa información, se crea un número de expediente que pasa al abogado de la delegación o al abogado del área central. Si esa delegación no cuenta con abogado, un letrado del área central, se contactará a través de video llamadas o Zoom.

Luego se pasa a la instancia donde, además de asesorar al trabajador, se inicia en caso de que corresponda, el intercambio telegráfico.

«Completamos el telegrama que es totalmente gratuito para el trabajador» que lo puede enviar en forma gratuita a través de Correo Argentino. También se puede hacer por otros correos, pero tienen un costo.

Cuando culmina la instancia de intercambio telegráfico, es decir donde el empleador contesta la situación laboral por telegrama, con esa constancia del intercambio telegráfico el trabajador vuelve a la Secretaría de Trabajo para citar a la audiencia al empleador.

«Celebramos una audiencia donde le explicamos al empleador que es una instancia de conciliación Le pedimos que registre al empleado», afirma Avilés.


Qué pasa si el empleador no acepta registrar al trabajador


Registrar al empleado sería «lo mejor y lo máximo que pueda pasar», explica la titular de la cartera provincial, pero sostiene que eso no sucede en el 98% de los casos. Entonces, si el empleador sigue en la negativa de no registrar al trabajador: «se plantea una indemnización».

«Nosotros le corremos traslado al empleador de la liquidación de la indemnización, luego evalúa si está dispuesto a pagarla o un porcentaje de esa liquidación. Nunca para nosotros es menos que el 75%, lo que vos le podés pagar a un trabajador de la indemnización», detalló Avilés.

Si el trabajador propone otro número para conciliar, desde la Secretaría de Trabajo lleva la propuesta y el empleador evalúa si quiere aceptar o no.

«Esto es la posibilidad de poder conciliar en el momento. En el caso de un arreglo y el trabajador acepta la propuesta, nosotros celebramos el acuerdo de conciliación y lo homologamos, que tiene sentencia de cosa juzgada. Es como si la sentencia la hubiera hecho un juez de la Cámara Laboral», explica.

El empleador lo único que deberá pagar es un sellado del 2,5% sobre la indemnización arreglada en la conciliación, es decir «termina siendo un trámite gratuito para el trabajador y más económico para el empleador», para evitar que el caso llegue a la Justicia.

Qué pasa si el empleador no paga la homologación. El trabajador para no ver el detrimento de su derecho a cobrar, se presenta y pide a Trabajo la homologación «que tenemos el deber de hacerla. Después se inician multas al empleador que no pagó, sin quitarle el derecho al trabajador de tener homologado ese acuerdo», sostiene Avilés.

También aclaró que si el empleador no paga, ese acuerdo homologado hace título ejecutivo el trabajador y «puede presentarse en la Justicia como si fuera un cheque y cobrarlo».


Qué pasa si el empleador no se presenta a la conciliación


También puede ocurrir que el empleador no se presente a la audiencia de conciliación y en ese caso se presenta en rebeldía. «Nosotros hacemos una multa y al trabajador le damos la opción de que decline esa vía, porque tiene que decir que no quiere insistir en llamarlo».

Tras esa instancia, al trabajador le ofrecen el patrocinio gratuito «para que vaya a la Justicia, acreditando al Juez que intentamos llamarlo a conciliación y el empleador no se presentó».

La secretaria de Trabajo también aseguró que «están saliendo rápido los trámites y nos abrimos a acompañar a aquellos trabajadores que denuncian relaciones precarias, es decir relaciones sin registrar».

El otro dato importante es que según la acordada del Superior Tribunal de Justicia de 2020, establece la «implementación de la conciliación laboral prejudicial obligatoria en las cuatro circunscripciones, a partir de diciembre de 2020″.

Es decir, que antes de recurrir a la Justicia se debe demostrar que antes pasaste por una instancia de mediación y en ese caso, la Secretaría de Trabajo es uno de los lugares válidos reconocidos por la Cámara Laboral.


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