Construcción en Villa La Angostura: prohibieron un complejo en un exclusivo sector

El fallo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) fue unánime. La obra se proyectaba en la zona de Puerto Manzano.

El Tribunal Superior de Justicia de Neuquén (TSJ) rechazó unánimemente un ambicioso proyecto inmobiliario pensado para la zona de Puerto Manzano en Villa La Angostura. Se trataba de una obra emplazada entre la Ruta 40 y el Lago Nahuel Huapi, pero que infringía leyes de protección ambiental. 

El proyecto contemplaba la construcción de viviendas multifamiliares y spa, en un terreno de más de 5000m², para alojar 120 personas.  

Pero quedó trunco luego de que se confirmará la nulidad de la Ordenanza 3073/15, donde se había aprobado su Estudio de Impacto Ambiental (EIA), en diciembre de 2015. 

Las autoridades judiciales afirmaron que el municipio omitió la integración de normativas fundamentales, como las leyes nacionales 26331 y 25675 y provinciales 1875 y 2780. 

Asimismo, que el gobierno local no respetó la realización de una audiencia o consulta pública, requisito que exigen las normativas de protección ambiental.  

El TSJ emitió el fallo el pasado jueves. (Archivo)

Construcción en Villa La Angostura: los argumentos de la defensa


Al respecto, los argumentos de la defensa se basaron en la “autonomía municipal” y “la inexistencia de un daño ambiental inminente”, donde se cuestionaron los peritajes efectuados, pero el TSJ rechazó dichos planteos.  

Sobre esto, el Tribunal reconoció la «autonomía municipal», pero sostuvo que la misma debe estar en consonancia con las leyes nacionales y provinciales, que establecen los «presupuestos mínimos de protección». 


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