Cada vez hay más trámites para cambiarse el apellido en Río Negro: en qué casos se puede solicitar

Un joven de 16 años solicitó cambiar su apellido paterno. Mencionó que hace siete años que no tiene contacto con su padre que se mudó a otra provincia luego de una detención por reiterados hechos de violencia familiar. Los casos varían y van en aumento.

En una entrevista con la jueza de Familia de Roca, un joven de 16 años justificó la intención de cambiar su apellido. Argumentó que hace siete años que no tiene contacto con su padre y solicitó usar el apellido de su madre, el mismo que usa en su vida cotidiana, en las redes sociales e incluso cuando firma sus dibujos. La sentencia consideró que existen “justos motivos” y ordenó suprimir el apellido paterno en toda la documentación del joven.

Facundo Barrio, defensor oficial en el fuero de Familia de Bariloche, advirtió que en el último tiempo, han registrado varios trámites de modificación de apellidos que tramitan en los Juzgados de Familia.

«Siempre hubo demanda de este tipo de trámites. El cambio de nombre está previsto en el Código Civil y Comercial. El artículo 69 establece que debe haber justos motivos para cambiar el nombre y apellido. Hace una enumeración aunque no es taxativa y se pueden evaluar otras opciones», indicó el defensor.

Ese artículo especifica tres opciones: una persona que empezó a usar un seudónimo que cobró notoriedad, razones de raigambre cultural o religiosa y, motivos que afecten la psiquis de la persona al no sentirse identificada con su apellido.

También se puede solicitar el cambio en el Registro Civil por razones de identidad de género o en caso de tratarse de alguna víctima de apropiación ilegal o desapariciones forzadas.

Barrio especificó que el trámite pueden solicitarlo personas adultas, niños y adolescentes. En la etapa de prueba se publican edictos y se pide al Registro Civil que se expida sobre el pedido. «Además, se requieren algunos oficios para descartar, por ejemplo, posibles estafas», advirtió.

Señaló que el motivo más habitual para solicitar el cambio suele ser que la persona no se sienta identificada con el apellido paterno. «Puede ser que el padre haya sido una figura ausente y portar ese apellido genere malestar psicológico. Puede haber hechos más graves como denuncias por abuso sexual. Eso también es un motivo más que razonable para pedir un cambio», planteó.

Contó que tiempo atrás, acompañó el pedido de una cantante que había empezado a usar un seudónimo que terminó haciéndose conocido y optó por adoptar ese apellido de fantasía. La sentencia fue favorable y finalmente, la artista pudo inscribir su apellido artístico en el Registro Civil.

Barrio también se refirió a motivos culturales: «Una persona tenía un apellido estándar, pero quería usar un apellido mapuche de un familiar medio lejano. Hay que evaluar caso por caso. Hemos recibido pedidos de usar el apellido materno porque el paterno era muy conocido en el ambiente delictivo y la persona no lograba conseguir trabajo».

Los plazos para concretar el trámite varían, pero estiman que demora por lo menos seis meses, aunque nunca se extiende del año.

Malestar emocional

Luego de cumplir una detención por reiterados hechos de violencia familiar, un hombre de Roca se radicó en una provincia del norte del país y no volvió a tener contacto con su hijo, hoy adolescente.

Tiempo atrás, el joven solicitó el cambio de apellido y la Unidad Procesal de Familia 16 de Roca concluyó que, en este caso, se acreditó que el apellido paterno genera «una negativa afectación de la personalidad”.

Durante el encuentro con la jueza, el joven recordó los malos tratos por parte de su padre, los años que lleva sin tener contacto con él y su deseo de formalizar el apellido de su mamá.

Un informe psicológico reveló que «el sentimiento de seguridad familiar” en el adolescente proviene de su madre y que hay “elementos de impacto compatibles con malestar emocional asociado a la figura paterna”.

“Cuando una persona, al construir su historia, elige el uso del apellido que la identifica, sin que ello sea generador de un perjuicio o daño a terceros, lo que hace es simplemente tornar operativo su derecho constitucional de ejercitar su libertad, sin que sea autorizado el Estado o los particulares a intervenir”, definió la jueza en la sentencia.

La jueza valoró la edad del adolescente y reconoció su “autonomía progresiva” para expresarse y que su opinión sea tenida en cuenta en un proceso judicial.


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