Amparo ambiental en Villa La Angostura: fallo a favor de vecinos en contra del Municipio

Un juez Francisco Astoul Bonorino intimó a la Municipalidad a culminar la construcción de la planta de tratamiento de líquidos cloacales provenientes de los camiones atmosféricos.

El Municipio de Villa La Angostura deberá elaborar informes sobre el avance de las obras. Foto: archivo

El juez Francisco Astoul Bonorino intimó a la Municipalidad de Villa La Angostura a culminar la construcción de la planta de tratamiento de líquidos cloacales provenientes de los camiones atmosféricos.

El fallo responde a un amparo ambiental colectivo por contaminación en esa localidad presentado en marzo por dos angosturenses, Gerardo Minnaard y Alberto Cervantes.

Entre los argumentos, esbozaron que, por un lado, un caño de impulsión de la estación de bombeo a la planta de tratamiento de líquidos cloacales se rompió seis veces en los últimos dos años. Esas roturas inundan todo ese sector con materia fecal. “Salen 60 mil litros de líquidos cloacales crudos por hora. Eso no se arregla poniendo un tapón”, detallaron los amparistas.

Manifestaron también que 13 años atrás, el municipio de Villa La Angostura implementó unos pozos en el sector del exparque industrial para que “los camiones atmosféricos, los baños químicos y las casillas rodantes descarguen el material que sacan de las cámaras sépticas”.

Esas cavas están ubicadas cerca de la Circunvalación, en la parte más alta de La Angostura, y reciben descargas de concurridos eventos, como la carrera K42 o el Campeonato de Motocross, entre otros. “Cada vez que llueve, todo eso se rebalsa por las calles. La primera parada es en la zona urbana y después, todo va a parar al lago”, advirtieron.

En el fallo, Astoul Bonorino mencionó que “teniendo en cuenta que es la propia accionada (Municipalidad) quien expresa que ya está el presupuesto asignado de parte de la Provincia y faltarían cuestiones administrativas para iniciar definitivamente las obras, el municipio deberá elaborar un informe bimestral sobre los avances, bajo apercibimiento de imponer sanciones”.

En este sentido, desde la Secretaría de Planeamiento, Ambiente y Obra Pública de Villa La Angostura indicaron que el proyecto de la Planta de Pretratamiento de Camiones Atmosféricos así como la obra de conexión de los efluentes del hospital Arraiz a la red pública cloacal “se encuentra en curso y estaría finalizándose para fines de octubre de 2024”.

«Acá la única responsable es la Municipalidad de Villa La Angostura y, por lo tanto, el intendente. El presupuesto de esa planta de tratamiento es de 1.600 millones de pesos, con varias etapas de ejecución. Esa obra permitirá cesar el derrame de líquidos cloacales, sanear a estructura de las cañerías de impulsión de líquidos cloacales domiciliarios hacia la planta de tratamiento de líquidos cloacales», recalcó Minnaard.

El fallo plantea también que, una vez que se hayan terminado esas obras y esté en funcionamiento el equipo para la recepción de camiones atmosféricos, cisternas y baños químicos en la planta de tratamiento de líquidos cloacales, “se deberá inmediatamente cesar con el vertido de líquidos cloacales domiciliarios y de origen industrial de líquidos provenientes de pozos de acumulación del hospital Oscar Arraiz, de las casillas rodantes y de baños químicos dispuestos en eventos públicos o privados”.

Tras el cese de esos vertidos, se debe iniciar el saneamiento ambiental y la remediación de esa zona, “teniendo en cuenta las recomendaciones realizadas por el perito en cuanto a la realización de un estudio hidrogeológico”.

El juez resaltó el informe del perito ambiental Gustavo Ricardo Altuna en julio de este año, al considerar que “brinda certezas periciales sobre el estado de los lugares donde los amparistas alegaron daños al ambiente”.

Según este informe, lo hallado en las cavas de vertido “es líquido séptico crudo, sin tratamiento”. También dio cuenta de que “las cavas se encuentran en mal estado, sin impermeabilizaciones, lo que promueve la filtración de líquido séptico en los estratos y derrames superficiales”. Y se desconoce el alcance de la contaminación subterránea ocasionada por las filtraciones. Concluye que “para determinar el alcance de la contaminación, se deberá realizar estudio hidrogeológico en la zona”.

Por último, el juez también dispuso que la Municipalidad de Villa la Angostura responda por las costas generadas por el proceso.


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