Vouchers educativos para escuelas privadas: qué se contempla como grupo familiar y quiénes pueden cobrarlos

El gobierno nacional extendió los plazos de inscripción para las escuelas privadas, posibilitando así el acceso a otras familias. Conocé acá qué se contempla para anotarse.

Continúa abierta la inscripción para los vouchers educativos.-

El gobierno nacional extendió el período de inscripción para los vouchers educativos para las escuelas privadas, luego de que durante el mes en que se habilitó el beneficio hubo más de un millón de estudiantes anotados que asisten a estos colegios.

La inscripción a los vouchers educativos para escuelas privadas debe hacerla la familia del estudiante que asiste al colegio, para la cual se considera al grupo familiar del niño, niña o adolescente. Este se interpreta como aquel integrado por padre, madre o tutor y se reconoce como grupo familiar autónomo a los jóvenes casados o divorciados, con o sin hijos.

Por su parte, se contempla que los ingresos del grupo familiar abarcan las remuneraciones brutas de los trabajadores en relación de dependencia, junto a la suma de las asignaciones familiares de todas las características, el aguinaldo, los haberes de jubilación y pensión y las sumas brutas de otras prestaciones contributivas y no contributivas de cualquier índole.

Cabe tener en cuenta que los vouchers educativos para escuelas privadas son compatibles con cualquier prestación otorgada por el Estado, de acuerdo a los ingresos del grupo familiar que solicita el beneficio para los estudiantes de cualquiera de los tres niveles, inicial, primaria y secundaria.

Dónde puedo consultar el grupo familiar para acceder a los vouchers educativos para escuelas privadas


Según indica la página oficial para la solicitud de vouchers educativos para escuelas privadas, podés consultar los datos de tu grupo familiar en MiANSES con tu clave de seguridad social.

Si necesitás actualizarlos, podés hacerlo sin turno en una delegación de ANSES presentando originales de:
– Tu partida de nacimiento.
– DNI y partidas de nacimiento de los menores a cargo.
– La libreta de matrimonio o el certificado de convivencia si estás casado o vivís en pareja.


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