Quiénes podrán acceder al Certificado Único de Discapacidad (CUD) sin vencimiento
Una resolución publicada en el Boletín Oficial explica los criterios que se tendrán en cuenta para la emisión permanente del CUD.
El Gobierno Nacional oficializó los criterios para la emisión del Certificado Único de Discapacidad (CUD) sin vencimiento. «Tiene como objetivo reducir la carga burocrática para las personas con discapacidad», argumentó en el Boletín Oficial, a través de la Resolución 1654/2024.
Hasta ahora, este certificado tenía un vencimiento temporal, lo que obligaba a las personas con discapacidad a renovar su CUD periódicamente. A partir de la nueva normativa, se dispuso que el certificado pueda ser emitido sin fecha de vencimiento para determinados grupos de personas, bajo criterios específicos.
El Certificado Único de Discapacidad (CUD) es un documento público válido en todo el país que permite ejercer los derechos y acceder a las prestaciones previstas por ley. El trámite para obtenerlo puede realizarlo cualquier persona que posea una alteración funcional, permanente, transitoria o prolongada, física, sensorial o mental, que implique “desventajas considerables para su adecuada integración familiar, social o laboral”.
Quiénes podrán acceder al Certificado Único de Discapacidad (CUD) sin vencimiento
De acuerdo con la resolución publicada en el Boletín Oficial, los criterios para emitir el Certificado Único de Discapacidad (CUD) sin vencimiento son los siguientes:
* Renovaciones previas: Podrán acceder aquellas personas que, al momento de la evaluación, tengan emitidos previamente dos certificados de discapacidad y cuyo perfil de funcionamiento e impacto en la vida cotidiana se mantenga constante a lo largo del tiempo. En estos casos, se pondrá especial atención al calificador de capacidad del componente Actividad y Participación, según lo establece la Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud (CIF).
* Persona mayor: Las personas que al momento de la evaluación tengan más de 60 años y mantengan sus estructuras y funciones corporales en condiciones constantes durante al menos cinco años, podrán recibir el CUD sin vencimiento. Este criterio busca reconocer la estabilidad en la condición de salud de las personas mayores, evitando la necesidad de trámites reiterados.
* Necesidad de equipamiento permanente: Las personas que requieran de equipamiento y/o dispositivos de uso permanente para preservar sus funciones vitales también podrán acceder al CUD sin vencimiento. Este grupo incluye a aquellos que dependen de dispositivos médicos que, de no estar disponibles, podrían comprometer seriamente su calidad de vida o su capacidad para participar plenamente en la sociedad.
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