Qué obra social corresponde a las Pensiones No Contributivas (PNC) de ANSES

ANSES prevé que quienes reciben las Pensiones No Contributivas (PNC) puedan acceder a una obra social. Conocé acá a quiénes alcanza y cómo se tramita.

Las Pensiones No Contributivas (PNC) de ANSES incluyen obra social.-

ANSES tiene a disposición las Pensiones No Contributivas (PNC), una prestación que otorga el Estado argentino a través del organismo previsional a quienes no poseen trabajo registrado en relación de dependencia y, en ese marco, que no hayan realizado aportes al sistema previsional, es decir que no tienen acceso a las jubilaciones.

Además de la prestación económica, las Pensiones No Contributivas (PNC) de ANSES brindan asistencia médica gratuita, a través del acceso a una obra social, y ayuda complementaria a quienes no registran contribuciones de estas características.

Según lo informado por ANSES, la mayoría de estas Pensiones No Contributivas (PNC) se destina a personas con discapacidad o invalidez, en un 76% de las solicitudes. Otras se entregan, también, a madres de siete o más hijos y a personas mayores de 70 años sin ingresos, entre varias.

En todos los casos, las personas que cobran las Pensiones No Contributivas (PNC), al igual que jubilados y pensionados, tienen derecho a acceder a una obra social, de igual manera que sus familiares a cargo.

Entre ellos, se pueden incluir a cónyuges o convivientes, hijos o hijas de estos; hijos o hijas solteros menores de 21 años o hasta 25 años si se encuentran estudiando; e hijos o hijas con discapacidad sin límite de edad.

Cómo se asigna la obra social en las Pensiones No Contributivas (PNC)


En las Pensiones No Contributivas (PNC) de ANSES, la obra social se otorga cuando se da de alta esta, la que puede identificarse mediante la Constancia de Empadronamiento (CODEM). Allí constan los datos personales del pensionado, de su grupo familiar y la obra social asignada o, en todo caso, elegida.

Al inicio del trámite de la Pensión No Contributiva (PNC), el solicitante debe presentar el Formulario de Derivación de Aportes de Obra Social (PS.5.7), firmado por el empleador en caso de que existiese.

De acuerdo a la obra social consignada en ese formulario, se asignará un código de obra social en su prestación previsional. En caso de que no se registre ninguna obra social estatal previamente, se asignará automáticamente PAMI.

Posteriormente, debe solicitarse un turno en PAMI para realizar la afiliación presentando la Constancia de Empadronamiento (CODEM) entregada por ANSES.


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