Programa Acompañar: Con qué es compatible cobrarlo en marzo 2024 y con qué no
El gobierno mantiene activo el programa Acompañar, para víctimas de violencia de género. Conocé quiénes pueden cobrarlo y quiénes no durante marzo 2024, a partir de estos requisitos.
El gobierno mantiene activo el depósito programa Acompañar, ahora bajo la gestión del ministerio de Capital Humano tal como otros planes, destinado a mujeres y personas LGTBQ+ que han sido víctimas de violencia de género y necesitan del aporte económico del Estado para salir adelante, ya sea con un emprendimiento propio o una inversión personal.
Actualmente, el apoyo económico mensual que brinda el programa Acompañar se mantiene en 156 mil pesos por un período de seis meses consecutivos, ya que se desancló de la actualización del salario mínimo, vital y móvil.
Como es un subsidio del Estado, que se abona a través de ANSES, el programa Acompañar establece compatibilidades e incompatibilidades respecto de su cobro, por lo que repasamos a continuación cuáles son.
Cuándo cobro el programa Acompañar en marzo 2024
Con qué es compatible y con qué no el Programa Acompañar
Según lo establecido por ANSES y su proyecto de ejecución, el programa Acompañar es compatible con:
* Asignación Universal por hijo.
* Asignación Universal por Embarazo para Protección Social.
* Asignación por hijo con discapacidad.
* Monotributo Social.
* Trabajo registrado bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
Por su parte, el programa Acompañar resulta incompatible con:
* Ingresos por trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado, monotributo y régimen de autónomos (excepto monotributo social).
* Subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación otorgada por el Estado nacional.
* Jubilaciones, Pensiones o Retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales, o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
* Pensión Universal para el Adulto Mayor dispuesta por el Decreto N° 894/2016.
* Prestación por desempleo.
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