PAMI: Quién no puede afiliarse a la obra social de jubilados y pensionados
PAMI establece limitaciones entre las personas que pueden afiliarse a la obra social, aunque en pocos casos. Conocé en cuáles no podés adherir a esta obra social.
PAMI ofrece a sus afiliados jubilados y pensionados diversos servicios y beneficios, que pueden acreditarse solo con la credencial vigente. Ahora, incluso, muchas de las atenciones pueden gestionarse a través de la web oficial de la obra social, sin necesidad de acercarse a las oficinas locales de la prestación.
Sin embargo, PAMI establece ciertos requisitos para las personas que desean afiliarse y buscan adherir a sus servicios, por lo que no todos los interesados en obtenerla, sean estos jubilados y pensionados o no, pueden tener acceso a sus prestaciones.
Según lo previsto en la página web de PAMI, quienes no pueden afiliarse a la obra social son aquellos familiares, convivientes o no, cuando sean titulares de un beneficio previsional y puedan acceder por sí mismos a cualquier prestación nacional, provincial o municipal.
Tampoco pueden acceder a PAMI aquellas personas que sean familiares de afiliados jubilados y pensionados, pero que perciban por sí mismos una pensión no contributiva.
Qué pasa si tengo obra social y PAMI
Hay que tener en cuenta que PAMI no habilita a sus afiliados jubilados y pensionados a tener una afiliación simultánea a otra obra social de atención pública.
Solo hay un caso en que puede mantenerse otra cobertura junto a la de PAMI: aquellos jubilados que pagan una prepaga, y gozan al mismo tiempo de los beneficios de PAMI.
Sin embargo, hay que tener en cuenta que en caso de tener ambas prestaciones, PAMI no hace entregas de los programas gratuitos que mantiene vigentes.
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