Monotributo: hasta cuándo puedo recategorizarme en AFIP y cómo es el trámite

El organismo actualizó los topes de facturación de cada categoría del monotributo. Los detalles.

AFIP pone la lupa en las transferencias bancarias que superen determinados montos.-

La AFIP informó que hasta el 20 de julio estará habilitado el sistema para la recategorización en el Monotributo, en caso de que les corresponda, teniendo en cuenta las nuevas escalas que comenzarán a regir a partir del próximo mes.

Si los ingresos superan o son inferiores a los de la categoría vigente, corresponde realizar la recategorización, en tanto los monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción.

Por otro lado, si transcurrieron menos de seis meses de la inscripción en el monotributo no corresponde hacer la recategorización.

En un comunicado, la AFIP recordó que «la Ley de Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes y Autónomos estableció la exención del componente impositivo de la obligación mensual para las y los pequeños contribuyentes registrados en las categorías A y B».

Ese beneficio rige «siempre que perciban la totalidad de sus ingresos a través del monotributo, es decir siempre y cuando no tengan un trabajo en relación de dependencia ni cobren una jubilación, estén inscriptos en el Régimen General, como IVA exentos, ejerciendo el rol de directores o administradores de sociedades y tampoco perciban rentas financieras o ingresos por alquileres», aclaró.

Para evaluar la categoría en la que corresponde estar dentro del monotributo, hay que considerar una serie de parámetros en relación con los últimos 12 meses, entre los que figuran los ingresos brutos acumulados, la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados y/o la superficie afectada a la actividad.

Luego, se debe cotejar estos valores con la tabla de categorías del monotributo vigente para saber cuál le corresponde al contribuyente.

AFIP: cómo quedan las escalas del monotributo a partir de julio


Categoría A pasará de $ 999.657,23 a $ 1.414.762,58
Categoría B de $ 1.485.976,96 a $ 2.103.025,45
Categoría C de $ 2.080.367,73 a $ 2.944.235,60
Categoría D de $ 2.583.720,42 a $ 3.656.604,33
Categoría E de $ 3.042.435,05 a $ 4.305.799,15
Categoría F de $ 3.803.043,82 a $ 5.382.248,94
Categoría G de $ 4.563.652,57 a $ 6.458.698,71
Categoría H de $ 5.650.236,51 a $ 7.996.484,11
Categoría I $ 6.323.918,55 a $ 8.949.911,06
Categoría J de $ 7.247.514,92 a $ 10.257.028,68
Categoría K de $ 8.040.721,19 a $ 11.379.612,01

Monotributo: cómo recategorizarme en AFIP


1. Ingresar al portal Monotributo con CUIT y clave fiscal.

2. Seleccionar la opción “recategorizarme” y automáticamente el sistema informará la categoría actual del contribuyente y los topes de cada parámetro de esa categoría. Seleccionar “continuar recategorización”.

3. Luego, se debe ingresar información sobre el monto facturado en los últimos 12 meses. Con estos datos el sistema determina la nueva categoría correspondiente y se confirma en la opción “confirmar categoría”. Luego, imprimir la nueva credencial.


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