Empleadas domésticas: Quiénes son las que recibirán el aumento de sueldo en julio 2023

La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares acordó aumentos escalonados hasta junio 2023 para empleadas domésticas, por lo que el último tramo de incremento será percibido en julio por un sector de trabajadoras en particular. Conocé cuál.

Las empleadas domésticas mensualizadas serán quienes perciban un aumento en julio.-

La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares tiene planeado convocarse, nuevamente, en julio para establecer un nuevo incremento para las empleadas domésticas, que durante marzo acordaron aumentos para abril (14%), mayo (7%) y junio (6%). Con junio, además, debe contemplarse el pago de la primera cuota del aguinaldo 2023, que para el sector vence durante la última semana del sexto mes del año.

Los aumentos salariales para empleadas domésticas que cobran sus sueldos mensualmente se perciben a mes vencido, es decir con los salarios del mes siguiente. Así, para ellas el incremento de junio impactará en los haberes de julio, siendo este el último tramo del acuerdo que llegó a alrededor del 28% de adición a mitad de año.

Para saber cómo cobrás el salario, en caso de que seas empleada doméstica, tenés que tener en cuenta si realizás tareas laborales por hora o por jornada, o si hiciste un acuerdo de esquema salarial mensual.

Empleadas domésticas: cómo se liquida el sueldo por hora y por mes en junio 2023


Según el último acuerdo firmado junto al ministerio de Trabajo, las empleadas domésticas que realizan tareas generales en casas particulares cobran desde junio 2023 los siguientes montos:

Por hora con retiro: $777
Por hora sin retiro: $838

Las empleadas domésticas que trabajen en un régimen mensual verán reflejado el aumento del 6% de junio con el sueldo que recibirán en los primeros días de julio de 2023, que será:

Por mes con retiro: $95.345
Por mes sin retiro: $106.023

Estos valores responden únicamente al salario, por lo que el empleador deberá, además, abonar a la empleada doméstica los conceptos de antigüedad, aportes jubilatorios y obra social. En caso de corresponder, a los valores de cada mes se debe anexar el concepto de adicional por zona desfavorable, que corresponde al 30% del salario.


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