Empleadas domésticas: ¿quién define las vacaciones de verano?

Las empleadas domésticas se preparan para su receso. Pero... ¿cómo se define el momento para hacerlo?. Todos los detalles.

  • Llega el receso de verano y las empleadas domésticas esperan por su período de descanso: las vacaciones son un derecho de todos los trabajadores registrados, que en general se definen con el empleador para evitar inconvenientes posteriores.
  • Así, a continuación, te contamos cómo se define el período de receso estival para las empleadas domésticas, dentro de las condiciones laborales establecidas para las trabajadoras de casas particulares registradas. Los detalles.

Empleadas domésticas de vacaciones: quién define el receso


De acuerdo a lo establecido por la legislación nacional actual, las empleadas domésticas deben definir sus vacaciones de verano con el empleador, es decir la persona que contrata sus servicios y que depende de la prestación.

Cabe tener en cuenta que las vacaciones, sean estas de verano o de invierno, las otorga y acepta el empleador, es decir que definen el período de vacaciones de las empleadas domésticas registradas que trabajan en su residencia a diario.

En tanto, este período es negociable para la empleada doméstica, ya que se puede acordar con el empleador cuál es el mejor momento para que la trabajadora de casa particular tome este receso estival. Cabe destacar que es fundamental acordar este descanso con anticipación, para evitar problemas con la parte empleadora.

Las vacaciones de verano suelen ser, en general, un período amigable para que las empleadas domésticas tomen un receso, dado que muchas familias modifican sus rutinas en este contexto de descanso.


Empleadas domésticas: cuántos días de vacaciones me corresponden


La cantidad de días de vacaciones que corresponden a las empleadas domésticas se calculan en base a la antigüedad de la trabajadora en su puesto laboral. Así, de acuerdo a lo informado oficialmente por ARCA (exAFIP), el esquema de vacaciones estimados sobre los días corridos según su antigüedad laboral es este:

  • Entre seis meses y cinco años: 14 días de vacaciones.
  • Entre cinco a diez años: 21 días de vacaciones.
  • De 10 a 20 años: 28 días de vacaciones.
  • Más de 20 años: 35 días de vacaciones.

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