Empleadas domésticas: quién debe pagar los viáticos de la trabajadora

Las empleadas domésticas pueden prestar diversos servicios, tras su contratación. Conocé acá qué sucede con los viáticos, en caso de que así se soliciten.

Las empleadas domésticas pueden prestar diversos servicios en la casa particular donde han sido contratadas, por una prestación económica que debe registrarse a través del correspondiente recibo de sueldo.

Sin embargo, muchas veces se plantean dudas respecto del pago de los viáticos de las empleadas domésticas, que en su mayoría implican gastos de transporte, aunque de igual manera pueden considerarse el alojamiento y la comida en algunos de los casos, según el contrato de trabajo establecido.

Oficialmente, la reglamentación laboral de empleadas domésticas no establece nada al respecto, pero en caso de que el empleador así lo decida puede abonar los viáticos. Esto puede darse, en la mayoría de los casos, en aquellas familias que contraten trabajadoras sin retiro.

En caso de que se decida abonar los viáticos a la empleada doméstica, el empleador tiene que registrar el pago en el recibo de sueldo de la trabajadora, ya que formará parte de la remuneración ordinaria de esta.

Cuáles son las categorías de contratación para las empleadas domésticas


Las empleadas domésticas dividen sus tareas según cada categoría laboral, acordada con cada empleador. Estas son:

Supervisor y Supervisora: coordina y controla las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo.
Personal para tareas específicas: cocineros y cocineras contratados en forma exclusiva para desempeñar esa labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal.
Caseros y caseras: personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda, donde habita debido a su actividad y por el contrato de trabajo.
Asistencia y cuidado de personas: comprende la asistencia y el cuidado no terapéutico de personas tales como, personas enfermas, con discapacidad, niños, niñas y adolescentes, adultos mayores.
Personal para tareas generales: prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.

Cada una de estas categorías de empleo doméstico tiene definida una escala salarial específica, que se actualiza en cada acuerdo cerrado por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares.


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