Cuánto sale poner «en blanco» a una empleada doméstica durante 2023

Con su registración, las empleadas domésticas pueden acceder a diversos derechos, como vacaciones pagas y aguinaldo. Para ello, deben hacerse estos aportes clave ante AFIP, para además tener obra social y ART.

Las empleadas domésticas registradas pueden acceder a diversos derechos laborales.-

Las empleadas domésticas pueden ser registradas, accediendo así las trabajadoras a diversos derechos como el aguinaldo y las vacaciones pagas. Para ello, el recibo de sueldo debe contemplar tres aportes clave para que la cobertura salarial sea completa.

Así, las empleadas domésticas registradas deben tener el aporte obligatorio de la Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART), un monto proporcional al sueldo y que se actualiza con cada incremento de este.

Además, debe aportarse la obra social, cuya cancelación debe ser hecha por la propia empleada doméstica; y la jubilación, que es una contribución patronal. Estos dos montos aumentan solo una vez al año, sobre todo a comienzo del período.

Empleadas domésticas: Valores vigentes de AFIP durante julio 2023


Aquellas personas que contraten empleadas domésticas de forma registrada, deben ingresar mensualmente los importes que corresponden por cada una de estas contribuciones de acuerdo con las horas semanales trabajadas y la condición de las trabajadoras.

Los pagos de los aportes son siempre a mes vencido. Esto significa que, cada mes, se pagan los aportes de las empleadas domésticas por lo trabajado en el mes anterior. La única excepción es la ART, que se paga a mes en curso.

Conocé acá los valores vigentes en AFIP, para registrar a la empleada doméstica durante julio 2023, la última actualización.

Fuente: AFIP.-

Empleadas domésticas registradas: Cómo funciona el programa nacional


El Gobierno mantiene vigente hasta fin de año la inscripción al Programa RegistradasLa iniciativa busca reducir la informalidad laboral de las empleadas domésticas.

El beneficio otorga al empleador una suma mensual equivalente al 50% de la remuneración neta mensual mínima de la trabajadora o del trabajador correspondiente por convenio, en función de las horas y las categorías declaradas por su empleadora o empleador al momento de la inscripción al Programa.

El monto mensual máximo del beneficio no podrá superar el 50% de la remuneración neta mensual indicada para la categoría «Personal para tareas generales», según lo establecido en la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares vigentes al momento del pago, de acuerdo con lo dispuesto.

Ese porcentaje se cubrirá durante seis meses, pero se extenderá a ocho para trabajadoras de poblaciones consideradas prioritarias: travestis, transexuales y transgénero, trabajadoras con discapacidad, trabajadoras con hijos con discapacidad y trabajadoras titulares del Programa Acompañar del Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidades que estén recibiendo o hayan recibido el aporte económico.

Además, el Gobierno estableció que cuando el empleador no cumpla con alguno de los requisitos establecidos en el Programa, deberá realizar la devolución total del monto en pesos que se haya otorgado.


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