ANSES: el trámite obligatorio y presencial para cobrar la Asignación por Embarazo

El gobierno de Javier Milei publicó una Resolución que solicita la presencialidad de las embarazadas para cobrar la AUE de ANSES. Conocé los motivos.

  • A través de una resolución, el gobierno de Javier Milei dispuso que un grupo de embarazadas debe realizar en forma presencial ante ANSES (Administración Nacional de Seguridad Social) el trámite para obtener la asignación correspondiente.
  • A través de la Resolución 1273/2024 de ANSES, se precisó así que las personas gestantes, cónyuges o convivientes registrados como monotributistas sociales, en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, o trabajadores que conserven la cobertura de la Obra Social por tres meses después del cese laboral, deben presentar las solicitudes de manera presencial en las oficinas del organismo. Repasamos los detalles de la medida.

ANSES: por qué las embarazadas deben hacer el trámite presencial para cobrar la AUE


La Resolución 1273/2024 establece que las personas gestantes, o sus cónyuges o convivientes, deben presentarse personalmente en las oficinas de ANSES para conservar la cobertura de la asignación que ofrece el organismo previsional durante los tres meses posteriores al cese laboral.

Por otro lado, esta norma de ANSES establece que se consideran presentadas las solicitudes de aquellas personas que ya hayan acreditado su estado de embarazo en el Programa Sumar, que administra el ministerio de Salud.

El artículo 3 de la Resolución señala que “las demoras en el envío de la información sobre el embarazo por parte del ministerio de Salud no son imputables a la persona gestante, su cónyuge o conviviente. En estos casos, ANSES liquidará la Asignación por Embarazo incluso si el nacimiento o la interrupción del embarazo ya se produjeron”.

Además, la normativa vigente establece que “durante 180 días desde la entrada en vigencia de la resolución, mientras se gestiona un nuevo convenio de intercambio de información, las embarazadas que no estén registradas en el Programa Sumar, deberán presentar las solicitudes de manera presencial”.

Asimismo, se precisó que “para solicitar la Asignación, se deberá haber acreditado ante ANSES el nacimiento, defunción o interrupción del embarazo de la asignación solicitada previamente”.

Con información de Noticias Argentinas.-


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