AFIP en septiembre 2024: las consecuencias de exceder los límites en las transferencias por billeteras virtuales
El organismo actualizó los montos y en paralelo adelantó una "clausula de actualización" cada seis meses. Los detalles.
La AFIP actualizó en mayo 2024 los montos por los cuales los bancos y billeteras virtuales deben notificar sobre los movimientos de sus usuarios. En paralelo, el organismo confirmó que habrá una «cláusula de actualización» de estas cifras cada seis meses. Además se supo las consecuencias de exceder los límites en las transferencias por billeteras virtuales en septiembre 2024.
Con esta medida resulta fundamental que los clientes tengan en cuenta los valores informados por el fisco. Esto se debe a que, si se exceden los límites establecidos en transacciones, saldos y consumos, podrían ser notificados por el organismo recaudador. «Esta medida representa un paso más del Estado Nacional para constituir una Administración Pública ágil, moderna y transparente«, argumentó el organismo recaudador.
AFIP: montos de transferencias y consecuencias de excederlas
Según informó la AFIP, los usuarios de las billeteras virtuales que mantengan ingresos o egresos que superen los $ 400.000 en septiembre 2024 podrán ser notificados. En lo que que respecta a los saldos mensuales registrados no tendrán que superar los $ 700.000. Con esto, el organismo detalló que se encuentra «abocado a la simplificación de procesos en beneficio de los contribuyente».
Si se excede en estos montos, el organismo evaluará la situación fiscal de los contribuyentes. Primero se verificará el origen del dinero y en una segunda instancia los clientes deberán presentar la documentación necesaria para justificar los montos. En última instancia la AFIP podría tomar la decisión de cerrar la cuenta del usuario y enviar un Reporte de Operación Sospechosa (ROS), explicaron distintos medios nacionales.
Billeteras virtuales: qué documentación puede solicitar AFIP
En caso de exceder los límites establecidos para las transferencias por billeteras virtuales, la AFIP puede solicitar a los contribuyentes la siguiente documentación:
* Recibos de sueldo
* Comprobantes de haberes jubilatorios
* Facturas emitidas en los últimos seis meses
* Certificados de ingresos emitidos por contadores públicos
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