Roca aplica el esquema de salidas por DNI para servicios no esenciales
El municipio adhirió a la determinación prevista por provincia. La medida no rige para los servicios esenciales, pero se establecieron horarios de atención al público.
El municipio de Roca informó esta tarde que se dispuso adherir a la resolución del ministerio de Salud provincial, que determina cómo se regulan las actividades desde este martes en el marco del aislamiento social preventivo y obligatorio que se mantiene vigente en la ciudad, por la importante cantidad de contagios que se han detectado.
Desde la comuna, se informó que para los rubros no esenciales se establecen esquemas de circulación pública de acuerdo a la terminación del DNI.
Es decir que los días con fecha par podrán circular las personas cuya terminación del documento sea con números par, y los días con fecha impar los números con terminación impar. En ningún caso los comercios podrán atender los días domingo ni feriados.
En tanto que se detalló que los comercios mayoristas y minoristas de productos no esenciales podrán brindar atención al público, de lunes a sábado, de 9 a 13 hs y de 15 a 19 hs. Mientras que centros de belleza y estética, peluquerías y barberías podrán brindar atención al público de lunes a sábado, de 10 a 18 hs.
Por su parte, se explicó que para los rubros esenciales no rige el sistema de terminación de DNI. A continuación, el repaso de cada uno de los comercios específicos:
– Hipermercados, supermercados y autoservicos: Deberán cesar la atención al público a las 19hs, con cierre del comercio los días domingos.
–Almacenes, despensas, kioscos, verdulerias, ferreterias, venta y distribución de bebidas y otros: Deberán cesar la atención al público a las 19 hs.
c) Obra privada: con un máximo de hasta cinco obreros por obra, uno cada 70m2, más el director de obra y representante técnico. Sujeta a la implementación y cumplimiento de los protocolos sanitarios.
d) Profesiones liberales: podrán brindar atención al público de lunes a sábado, de 9 a 17 hs. En todos los casos deberá acordarse previamente el turno respectivo, permitiéndose la atención de 1 cliente/paciente por hora.
e) Personal de casas particulares o servicio doméstico: podrán prestar tareas de lunes a sábado, de 9 a 19 hs, en un máximo de hasta 8 horas diarias, acordadas en forma particular con el empleador, no pudiendo prestar servicios el resto de los días de la semana ni feriados
f) Trabajadores jardineros y parquistas: Podrán prestar tareas de lunes a sábado, de 9 a 19 horas.
g) Establecimiento de venta de comida elaborada: De 9 hs a 23 hs. para el rubro de comidas rápidas, confiterías y heladerías con retiro en ventanilla y delivery, (solo para comidas y bebidos sin alcohol). De 10 hs a 19 hs el expendio de bebidas alcohólicas (cervecerías, vinerías) por ventanilla y delivery.
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