Quieren que más delitos sean juzgados por jurado popular en Neuquén

Diputados opositores presentaron un proyecto de ley para modificar el Código Procesal Penal. Proponen que sean alcanzados aquellos delitos cuya pena sea superior a los ocho años, y no a los quince, como es en la actualidad.

A cinco años de la puesta en marcha del Código Procesal Penal, que instauró el sistema de juicio por jurados en Neuquén, un grupo de diputados de la oposición presentó un proyecto para ampliar la cantidad de delitos que son juzgados por la ciudadanía. La propuesta ingresó luego del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que ratificó la constitucionalidad de la ley procesal provincial.

El artículo 35 del Código establece que los tribunales populares se constituirán cuando se trate de delitos contra las personas, la integridad sexual o cualquier otro cuyo resultado haya sido la muerte o las lesiones gravísimas, siempre que la fiscalía solicite una pena privativa de libertad superior a los quince años. La dirección del debate está a cargo de un juez profesional.

Una vez al año se sortea del padrón electoral a los ciudadanos que cumplen las condiciones para ser jurados. Los requisitos son: ser mayor de 21 años y menor de 75, ser argentino nacido o por opción y tener domicilio con una residencia permanente, no menor a dos años, en la circunscripción. Posteriormente el poder Judicial les comunica que pueden ser convocados.

El servicio de jurado es una carga pública y una tarea remunerada. Están excluidos de participar entre otros, los abogados, ministros de cultos religiosos e integrantes de fuerza de seguridad. En cada juicio hay 12 jurados titulares y 4 suplentes, con igual número de hombres y de mujeres. Se necesita una mayoría de ocho votos para lograr un veredicto de culpabilidad.

El proyecto de ley del diputado Gabriel Romero (FR), al que adhieren Alejandro Vidal (UCR), Mariano Mansilla (FyP), Jesús Escobar y Santiago Nogueira (Libres del Sur), plantea que se juzgue por jurado popular cuando se pida una pena superior a los ocho años, con lo cual ingresan delitos que en la actualidad están excluidos, por ejemplo, los abusos sexuales con acceso carnal.

Los legisladores mencionaron la resolución de la Corte y dijeron que el jurado es “el instituto procesal que mejor desarrolla los principios básicos del proceso penal: publicidad, igualdad de las partes, oralidad, contradictoriedad, celeridad e inmediación, por la reproducción de la totalidad de las pruebas en el debate.”

Agregaron que además el mecanismo “contribuye a debilitar la gran burocracia y el corporativismo que existe en el poder judicial, haciendo los procedimientos más rápidos y sencillos con el objeto de lograr una justicia más eficaz y transparente. Además permite la comprensión del derecho por todos los ciudadanos, disminuyendo el tecnicismo del proceso penal y la dificultad del vocabulario jurídico.”

En 2016 se reformó el Código, que se había puesto en marcha hacía apenas dos años, con el fin de modificar exclusivamente el capítulo sobre prisión preventiva. En aquel momento el fiscal general, José Gerez, presentó un proyecto que incluía la posibilidad de que todos los juicios criminales se definan por jurado popular.

De 2014 a mayo de 2019 se realizaron 44 juicios con este mecanismo en toda la provincia. De las personas juzgadas 38 fueron declaradas culpables y 6 no culpables.

En números

26
de los 44 juicios se realizaron entre los años 2014 y 2015. En su mayoría eran causas que venían del viejo sistema
70%
se desarrolló en la ciudad de Neuquén. No hubo ningún juicio por jurado en el norte provincial

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