Prisión en suspenso e inhabilitación a conductor

Sentencia por dos homicidios en accidente. El condenado iba muy rápido y alcoholizado.

SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- En un juicio abreviado donde el imputado aceptó los cargos y tanto él como, la fiscal y los querellantes, en su mayoría, el monto de la pena, el juez Gregor Joos le impuso tres años de prisión en suspenso y siete años de inhabilitación especial para conducir a Hernán Villoslada. El nombrado, hace poco más de un año ocasionó la muerte de dos de sus acompañantes y lesiones a otros tres, mientras conducía su camioneta Honda CVR, a imprudente velocidad y con un grado de alcoholización superior al permitido. En representación de un herido actuó el abogado Alejandro Pschunder, quien aspiraba a que el hecho fuera calificado como doble homicidio y lesiones graves y leves, pero no culposas, sino con dolo eventual, pero el magistrado rechazó esa pretensión y dictó sentencia conforme al acuerdo alcanzado por la mayoría. La causa por doble homicidio culposo y lesiones se inició el 16 de setiembre del año pasado cuando el conductor de la camioneta Honda CVR se desbarrancó cuando regresaba a la ciudad por el camino de acceso al cerro Catedral y murieron dos instructoras de esquí que transportaba en el rodado. El suceso se produjo a las 2 de esa madrugada, cuando Hernán Villoslada perdió el control del auto, se despistó y cayó en el fondo de un cañadón ubicado al costado de ambas rutas, al arribar a la curva ubicada en el cruce con la Ruta provincial 79, provocando la muerte de Pamela Porco Fisher y Florencia Montoya, y las lesiones a otros ocupantes de la camioneta a su cargo. Conducción imprudente El resultado, según el juez de instrucción, fue consecuencia de la conducción imprudente del rodado, a una velocidad de entre 114 y 134 kilómetros por hora, en un contexto metereológico adverso “signado por la nocturnidad, la pista mojada y la llovizna, así como por un precario mantenimiento de esa ruta, traducido en la ausencia de pintura o marcas sobre la vía asfáltica que sirvieran para demarcar tanto sus extremos como su centro”. La imprudencia se expresó, según el juez, pese a las sugerencias para que manejara más despacio, formuladas por alguno de sus acompañantes, y el hecho de haber conducido tras consumir bebidas alcohólicas y registrar una intoxicacin etílica de aproximadamente 1 gramo por litro de sangre a la hora del suceso. Ingesta de alcohol La ingesta de alcohol y el estado consecuente, evaluó Martín Lozada al instruir la causa, “debió restarle capacidad de reflejos ante la emergencia súbita, entorpeciendo su adecuada reacción, e imprimiéndole un estado de exaltación emocional que seguramente guardó relación con la alta velocidad impresa al vehículo a su cargo, lo cual le impidió conducirlo sin crear riesgos para sí y para quienes viajaban a su lado”. El juez Joos consideró muy graves el hecho y la inconducta de Villoslada, pero valoró su falta de antecedentes y entendió que tanto la pena como la inhabilitación pactada cubrían la finalidad preventiva especial. Tomó en cuenta también que una de las fallecidas era familiar suya, y consideró que el acuerdo estaba ajustado a derecho.

Registrate gratis

Disfrutá de nuestros contenidos y entretenimiento

Suscribite por $2600 ¿Ya estás suscripto? Ingresá ahora
Certificado según norma CWA 17493
Journalism Trust Initiative
Nuestras directrices editoriales

Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios

Exit mobile version