Por la crisis no se cortará servicios a desocupados y personas con dificultades económicas
Durante este miércoles la Legislatura rionegrina mantuvo la vigencia de la ley que prohíbe el corte de servicios públicos, incluyendo electricidad, a personas desempleadas o en condiciones socioeconómicas desfavorables.
Durante este miércoles la Legislatura rionegrina mantuvo la vigencia de la ley que prohíbe el corte de servicios públicos, incluyendo electricidad, a personas desempleadas o en condiciones socioeconómicas desfavorables.
El trámite consistió en la prórroga de una norma que había sido propuesta por la legisladora Tania Lastra (JSRN), que durante el tratamiento de la iniciativa en comisiones reforzó sus argumentos con varios reclamos que han recibido los parlamentarios en los últimos días.
Por unanimidad quedó prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2019 la Ley 4395, en un contexto de aumentos, recesión y una alta inflación.
Para Lastra «estamos atravesando momentos económicos muy difíciles, con sueldos de los trabajadores que ya no pueden estirarse más y donde a muchos usuarios ya no les alcanza con el pago desdoblado de facturas”, lamentó la parlamentaria de Roca.
“Debemos poner freno a esta situación y proteger a los usuarios más necesitados»,
sostuvo la legisladora Tania Lastra (JSRN)
En ese sentido consideró necesario el hecho de contemplar que “hay que dar amparo a los usuarios en las condiciones indicadas en el proyecto, porque no solo no pueden abonar las tarifas en tiempo y forma, sino que tampoco pueden costear los gastos de reconexión”, explicó.
Para acceder a este beneficio son requisitos: presentar certificado que acredite su calidad de desocupado, que suele ser emitido por la secretaria de Trabajo.
Además, este proyecto de Ley (003/19) también abarca a los usuarios “cuya condición socioeconómica impida el cumplimiento de sus obligaciones”, es decir: jubilados con discapacitados a cargo, madres solteras jefas de familia, jefes o jefas de familia con incapacidad laboral permanente superior al 50%, y jubilados que perciben el haber mínimo.
De esa forma se prevé la instrumentación de declaraciones juradas, siempre con el objetivo de acreditar uso, servicio y condiciones que lo hacen beneficiario.
También se da apertura a la celebración de planes de pago con porcentajes limites para las cuotas a convenir.
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