Facundo Jones Huala: un juez de Chile dio curso al pedido de extradición y prisión preventiva
Es el primer paso formal y ahora debe resolver la Corte de Valdivia. Se dieron por acreditados los requisitos formales para llevar al líder mapuche argentino al país trasandino. Se mencionó el riesgo de fuga y para la sociedad por la calidad de sus delitos.
El juez de Garantía de Río Bueno, Claudio Thomas, resolvió acceder a la solicitud de “extradición activa” a Chile del líder mapuche argentino Facundo Jones Huala y solicitó que las autoridades argentinas mantengan la prisión preventiva.
Se trata del primer paso formal en la Justicia chilena en vías al pedido de extradición que formuló el fiscal de Río Bueno, Sergio Fuentes. Ahora el expediente pasa a la Corte de Apelaciones de Valdivia y si convalida la solicitud, será la Cancillería del vecino país quien transmita la petición al gobierno y la justicia argentina.
El juez de Garantía dio por acreditados los requisitos que establece la normativa chilena para avanzar en un proceso de extradición, como lo son la acreditación de que Jones Huala fue condenado y no cumplió su pena completa en el país, la detención que informaron las autoridades argentinas el 30 de enero pasado y que los delitos en los que está involucrado el detenido tengan una pena superior a un año. En este caso, Jones Huala fue condenado y la pena era de 9 años de prisión.
El magistrado dirimió a favor de la fiscalía ante una objeción del defensor penal público de Río Bueno, Juan Pablo Alday, que representó a Jones Huala, quien había planteado que faltaba acreditarse el “derecho extranjero” convalidando que en Argentina, donde fue detenido Jones Huala, existan los mismos delitos por los que fue condenado y con penas superiores a un año.
Para el juez Thomas ese requisito debe ser cumplimentado en la etapa posterior a esta audiencia realizada hoy, ante la Corte de Valdivia.
El juez también atendió a un pedido de la fiscalía para que se solicite a Argentina la prisión preventiva de Jones Huala y ratificó que “existe razón suficiente para decretar su detención y privación de libertad” por la “existencia de claro peligro de fuga y el peligro para la sociedad por la naturaleza de los delitos del condenado”.
El fiscal recordó la condena y anterior extradición
El fiscal en sus fundamentos mencionó que Jones Huala fue condenado en Chile por dos delitos (incendio de una vivienda y tenencia ilegal de arma de fabricación artesanal) y que el cumplimiento de la pena fue incompleto debido a que desde el 15 de febrero de 2022, cuando la Corte Suprema dispuso que debía regresar a cumplir su sentencia en una penitenciaría, “no se presentó, ni hizo su ingreso por lo tanto adquirió la condición de prófugo”.
Recordó además la anterior extradición de Jones Huala que también se tramitó en la misma jurisdicción y señaló que Jones Huala tiene una “actitud permanente de incumplimiento de las órdenes emanadas de diversos tribunales de Chile”.
El querellante en representación de la Delegación Presidencial del Ranco, Carlos White, adhirió al planteo de la fiscalía para pedir la extradición y la prisión preventiva de Jones Huala. Enfatizó que Jones Huala atravesó “una serie de hechos o eventos que dio lugar al no cumplimiento a ciertas órdenes de detención” y agregó que “demostró claramente poco apego a las normas y decisiones tomadas por el tribunal”.
La defensa pública objetó la falta de cumplimientos de requisitos por parte de la solicitud de la fiscalía, como la acreditación del derecho extranjero. Pidió “no seguir con la solicitud de extradición». Sin embargo, el juez no hizo lugar a este planteo.
Una vez tomada la decisión de acceder a la solicitud de extradición, el fiscal planteó la urgencia que amerita el tratamiento de este caso para que la Corte de Valdivia se exprese a la brevedad.
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