Conflicto mapuche: pedirán ejecutar la orden de desalojo de la comunidad Buenuleo
Desde la querella informaron que solicitarán la restitución del lote usurpado en la audiencia fijada para el 5 de mayo. Dijeron que recusaron al fiscal jefe Martín Lozada. Y valoraron la sentencia del STJ que no avaló "las vías de hecho" como mecanismo para recuperar tierras por parte de comunidades indígenas o particulares.
Los abogados que representan a Emilio Friedrich recusaron al fiscal jefe Martín Lozada en la causa por la usurpación de un lote de 92 hectáreas, ubicado en el faldeo del cerro Ventana en Bariloche, en la que hay 8 personas imputadas, en su mayoría integrantes de la comunidad mapuche Buenuleo. Y solicitaron una audiencia para pedir que se ejecute la orden de desalojo que el juez de garantías Sergio Pichetto dictó a mediados de septiembre de 2019 para restituir el lote al particular.
La defensa de los imputados impugnó la orden de Pichetto, pero el juez Marcos Burgos de esta ciudad la revisó y confirmó a principios de octubre del 2020.
Los querellantes recuperaron la iniciativa tras la sentencia que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro dictó el 1 de abril último que anuló los sobreseimientos a favor de los 8 imputados. En el fallo, los jueces del máximo tribunal de la provincia criticaron por unanimidad la sentencia del Tribunal de Impugnación que había convalidado los sobreseimientos.
También, platearon duros reproches al fiscal jefe Martín Lozada por la decisión de no seguir adelante con la persecución penal contra los imputados. “Recusamos al Fiscal Jefe Lozada y solicitamos audiencia para el desalojo que es el 5 de mayo”, informó el abogado por la querella Alejandro Pschunder.
Dijo que también presentaron el pedido para avanzar con el control de la acusación “y la audiencia para llevarlos a juicio oral”. La expectativa de los querellantes es solicitar una pena superior a los 3 años de prisión. Por eso, quieren un tribunal conformado por tres jueces para hacer el juicio.
Pschunder valoró la sentencia del STJ. “El fallo es ajustado a derecho y marca un precedente que no se puede tomar posesión por las vías de hecho”, destacó el abogado querellante.
“Es un fallo obligatorio para todos los tribunales inferiores y un claro mensaje para el Procurador General (Jorge Crespo) para que instruya a los fiscales a evitar actitudes como las de Lozada defendiendo a los usurpadores y abandonando a las víctimas”, aseguró.
Opinó que la sentencia del máximo tribunal rionegrino “puso un claro orden legal en el tema de cómo deben actuar los pueblos originarios para acceder a reclamos territoriales solamente por la ley”.
Insistió con que el STJ “de oficio revocó la adhesion de Lozada al sobreseimiento y remitió al Procurador General manifestando el riesgo institucional en que Lozada puso al Ministerio Público Fiscal”. “Por lo tanto, ya no van a apoyar la línea que bajaba Lozada de hecho también ya lo recusaron en otros legajos”, reveló Pschunder.
“Nosotros hicimos nuestra acusacion porque cuando nos abandonó Lozada convertimos la acción pública en privada y acá estamos, con la razón dada por el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro que también puso en caja a los jueces del Tribunal de Impugnación”, sostuvo.
“El fallo es ejemplar y ganamos en soledad absoluta contra todos los pronósticos, además de pulverizar la resolución 90/20 de la presidenta del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) Magdalena Odarda en la justicia federal; perdieron en todos los frentes”, aseveró el abogado que representa a Friedrich.
Según la acusación, Friedrich y otros particulares fueron despojados del lote la mañana del 10 de septiembre de 2019, cuando los imputados y otras personas de la comunidad mapuche Buenuleo irrumpieron en ese lote con el argumento de que se trataba de un acto de recuperación territorial. Desde entonces, la comunidad permanece en ese lote. La Lof Buenuleo plantea que no pueden estar acusados de usurpación de tierras que siempre les pertenecieron.
El otro abogado por la querella Marcelo Ponzone opinó que es “un fallo excelente (el del STJ) conforme a derecho y a los estándares en la materia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.
El STJ “realiza una adecuada ponderación de derechos y tutela el derecho humano a la propiedad.y el derecho de la victima”, sostuvo.
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