Se publicó el decreto de elecciones en Río Negro y la Justicia precisará el cronograma esta semana

El viernes, el gobierno confirmó la convocatoria a votar, difundiendo los plazos aunque esa determinación ya corresponde al juzgado electoral.

El decreto de convocatoria a elecciones en Río Negro fue publicado en la edición del Boletín oficial de este lunes.

Con el número 4 y fecha del 6 de enero, el gobierno rionegrino difundió su norma donde se formaliza el llamado para votar el 16 de abril para designar a las principales autoridades de la Provincia para el período 2023-2027.

Se incorpora, además, la nómina de las 36 comisiones de Fomento, que también tendrán elecciones durante esa jornada.

No hay otro anexo aunque el viernes en la difusión gubernamental se incluyó el cronograma, que luego se retiró de la gacetilla ya que, como se sabe, la definición de esos plazos pertenecen a la Justicia, es decir, puntualmente, al Juzgado Electoral, a cargo de Carlos Da Silva.

Aún la eliminación del link, el calendario del Ejecutivo circula, lo cual, puede ofrecer confusiones con los tiempos, a pesar de que los plazos están fijados por el Código Electoral aunque la Justicia evalúa los mismos entonces define días y horario de los trámites y cierres del proceso. «La resolución saldrá esta semana, adelantaron desde el Juzgado.


Autoridades provinciales y Comisionados


Publicado en la página 7 del Boletín Oficial, el decreto convoca para votar al “Gobernador y el Vicegobernador”, 46 “legisladores titulares y 46 suplentes” y un “presidente, dos vocales titulares y dos suplentes” para “cada una de las Comisiones de Fomento”.

En relación a los legisladores, se precisa que tres se elegirán por “representación regional en cada uno de los ocho circuitos electorales”, que sumarán 24, mientras otros 22 serán por “representación poblacional”.

En la elección por circuitos, “las bancas se asignarán por el sistema D’Hont, con un piso del 5% de los votos válidos emitidos” y en la sábana se “utilizará el sistema D’Hont”, “participando en la asignación de cargos las agrupaciones partidarias que hayan obtenido un mínimo del 5% de los votos válidos emitidos”.

El artículo quinto, el decreto alude que “conforme lo establecen los Artículos 225 y 229” del Codigo Electoral, “con respecto a la prestación del servicio electoral, en los casos que las elecciones municipales no sean simultáneas con la elección provincial, la Provincia ofrece a los municipios dicho servicio para el 11 de junio de 2023”.


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