Se aprobó reforma del Código de Río Negro y qué significa en la práctica para las demandas civiles o comerciales

La Legislatura aprobó esa modificación en primera vuelta. El PRO rechazó en particular en oposición a la incorporación de "la perspectiva de género".

La Legislatura de Río Negro aprobó -en primera vuelta- la reforma del Código Procesal Civil y Comercial, destinada a la reducción de los plazos del proceso y, entre otros cambios, plantea un mecanismo de “tramitación simplificada”, con plena oralidad en las causas de “menores complejidad”.

También la actual obligatoriedad de las “audiencias preliminares” se transforman en optativas, cuya realización o no será determinada por el magistrado.

Los legisladores de JSRN, Pica y López, autores del proyecto, aunque después de modificó en la Comisión Interpoderes. Foto: Marcelo Ochoa.


La iniciativa fue consensuada en la Comisión de Interpoderes, con otros actores judiciales, a partir de la autoría de los legisladores de JSRN, Facundo López y Lucas Pica. Fue aprobada en la sesión por la mayoría, con rechazo particular del PRO aunque su voto negativo se generó en su oposición a la incorporación de la “perspectiva de género”. Esa postura fue fundamentada por Martina Lacour.

La modificación -explicó Pica- está orientada a la “despapelización y digitalización total del expediente”, como también, “mecanismos para la reducción de los plazos, como “audiencias remotas, la audiencia preliminar pasa de obligatoria a facultativa«.

«Una innovación importante -agregó- se corresponde con el procedimiento de tramitación simplificada en las causas de menores complejidad, determinado que el proceso será totalmente oral a partir de la contestación de la demanda con una audiencia ómnibus para resolver todo. Esto será para accidentes de tránsito con solamente daños materiales, desalojos por falta de pago o incumplimiento del contrato, entre otros”.

Pica fue el miembro informante en la Legislatura y entendió que es una reforma para “la gente”, con un “Código ágil, certero y práctico”. Se trata de un “manual que instruye como transitan los procesos judiciales para llegar a una sentencia, que resuelva el conflicto en análisis”.

Pica describió que este Código incluye “el control de convencionalidad, que permitirá a los jueces contrastar la norma con todo el bloque de constitucionalidad federal, así como la perspectiva de género”.

Aceptó que el punto más debatido fue “si las audiencias preliminares deben ser obligatorias u optativas”, definiéndose por facultativa y entendió que esto también “permitirá acortar los plazos”.

La legisladora Martina Lacour planteó la oposición del PRO a la inclusión de la «perspectiva de género», lo cual, derivó en su rechazo en particular. Foto. Marcelo Ochoa.


La coincidencia parecía plena pero Lacour cuestionó un inciso en la que “se refiere a la incorporación de la perspectiva de genero” porque entendió que “es violatorio del principio de igualdad y defensa de las partes”. Consideró “absurdo plantear un abordaje de género en materia civil” cuando, “mayormente, los procesos son patrimoniales. ¿Qué sentido tiene en un choque de autos?”, se preguntó. “Existe -remarcó-un feminismo in extremo que está terminando por tornar injustas, muchas veces, las resoluciones judiciales”.

Después, hablaron Magdalena Odarda (VcT) y Ana Mark (PJ) en defensa de la incorporación de la perspectiva de género, en rechazo de las afirmaciones de Lacour. La primera requirió de que se complete con “el proyecto del Código de Procedimiento Constitucional porque, de lo contrario, nos quedaríamos a mitad de camino”.

El libertario Santiago Ibarrolaza calificó la iniciativa de una “gran reforma” y, luego, el radical Ariel Bernatene justificó el apoyo de esa bancada por la modificación “simplifica y moderniza” el proceso judicial.


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