Reforma laboral: cómo es el padrón para monotributistas y autónomos con «colaboradores»
ARCA, la nueva AFIP, creó el nuevo Padrón de Trabajadores Independientes con Colaboradores (PADIC).
Desde el Gobierno nacional anunciaron la implementación de una nueva reforma laboral: el Padrón de Trabajadores Independientes con Colaboradores (PADIC). Se trata de que monotributistas y autónomos podrán contar con hasta tres «colaboradores» sin que se considere una relación de dependencia.
EL padrón fue oficializado a partir de un boletín oficial este viernes 8 de noviembre.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dio inicio a un nuevo régimen que les permite a los trabajadores independientes contar con hasta tres colaboradores sin relación de dependencia.
Según el boletín oficial: «Deberá acogerse a un régimen especial unificado que deberá basarse en la relación autónoma, sin que exista vínculo de dependencia entre ellos ni con las personas contratantes de los servicios u obras.»
Registro para los trabajadores independientes: inscripción
El nuevo régimen se trata del Padrón de Trabajadores Independientes con Colaboradores (PADIC) que establece la relación entre los trabajadores independientes y los colaboradores independientes. Según el boletín oficial los participantes deberán realizar el registro correspondiente de esto.
Indicó que previo al inicio de la prestación de tareas los trabajadores independientes deberán ingresar a dicho servicio que está disponible en el sitio web institucional de ARCA.
Luego con la “Clave Fiscal”, conforme lo dispuesto por la Resolución General Nº 5.048 (AFIP) y su modificatoria, se podrá crear el nuevo emprendimiento productivo a través de la opción “Agregar Emprendimientos”.
En ese momento se debe detallar, con carácter de declaración jurada: nombre de fantasía del emprendimiento, fecha de inicio del emprendimiento, fecha de finalización, si hay; domicilio de desarrollo de la actividad, de corresponder; actividad y Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) de los colaboradores independientes.
Agregó que una vez efectuado el ingreso de los datos, los trabajadores y sus colaboradores recibirán una notificación en su respectivo Domicilio Fiscal Electrónico, informando la identificación asignada al emprendimiento productivo en el “PADIC”, denominada “CÓDIGO PADIC”.
Por otro lado, los colaboradores tendrán un plazo de 72 horas para ingresar en el “PADIC” con “Clave Fiscal” y confirmar o rechazar su participación en el emprendimiento productivo. Podrán rescindir en cualquier momento el vínculo de colaboración.
¿De qué se trata el nuevo registro para los trabajadores independientes?
Esta nueva reforma surge desde la Ley N°27.742 de Bases, que puso en eje la figura de un trabajador monotributista o autónomo como empleador de colaboradores independientes en simultáneo.
«Las personas humanas en su rol de trabajadores independientes podrán contar con un total de hasta TRES (3) colaboradores independientes, de forma simultánea, para llevar adelante uno o más emprendimientos productivos», destacó el comunicado.
A su vez explicó que el trabajador independiente podrá realizar actividades de forma concurrente y tendrá la libertad de mantener simultáneamente contratos de colaboración, de trabajo o de provisión de servicios con otros contratantes.
Los trabajadores independientes y los colaboradores independientes deberán poseer Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) con estado administrativo “Activo sin limitaciones”. Deberán encontrarse inscriptos en el régimen general de impuestos y de los recursos de la seguridad social como trabajadores autónomos, o adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).
Su objetivo es contar con información específica de los emprendimientos productivos y sus integrantes para establecer el mecanismo a través del cual los mismos prestarán la declaración jurada indicada.
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