Ratificaron la condena dictada para Cristina Kirchner en la causa Vialidad: Casación rechazó la apelación
La condena consiste en una pena de seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.
Durante este jueves, se hizo oficial que la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, por unanimidad, ratificó las condenas dictadas a Cristina Fernández de Kirchner, José López y Lázaro Báez en la causa Vialidad. Cabe recordar que fueron acusados por fraude en la obra pública. Además, se rechazó por mayoría, el recurso fiscal por el delito de asociación ilícita. La causa involucra a la ex presidenta y a otras ocho personas, y en esta tarde hubo una decisión clave respecto a su fututo.
La Cámara Federal de Casación Penal dictó una resolución en la que se rechazaron los pedidos de apelación del fiscal y los defensores de los involucrados. Ahora, la causa podría ir la Corte Suprema, a través de un recurso de queja, es decir, sin el aval de la Cámara. Por su parte, respecto a la opinión de la Corte, que no tiene plazo, será necesaria para que las condenas se hagan efectivas.
De acuerdo a los detalles que brindó Infobae, la Sala IV de la Cámara de Casación Penal, fue presidida por Mariano Borinsky e integrada por los jueces Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña. Ellos fueron quienes rehusaron los recursos de apelación presentados por los abogados de los condenados y por el fiscal Mario Villar, contra el fallo de la misma Sala, que en noviembre del 2024 confirmó las condenas impuestas por el Tribunal Oral 2.
En cuanto a la condena, consiste en una pena de seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por el delito de defraudación a la Administración Pública, en las 51 obras viales que el empresario Lázaro Báez obtuvo entre 2003 y 2015.
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal declaró formalmente inadmisibles los recursos extraordinarios federales de las defensas
En el marco de la resolución, la Sala IV de la Cámara declaró formalmente inadmisibles los recursos extraordinarios federales que habían presentado las defensas de los nueve condenados, entre ellos, Cristina Fernández de Kirchner, Lázaro Báez y José López, contra las confirmaciones de sus condenas a seis (6) años de prisión.
Fueron acusados por el delito de defraudación a la administración pública, del decomiso de 84.000 millones ochocientos millones de pesos, actualizables. En relación a la condena, de confirmarse, también consiste en la inhabilitación absoluta perpetua para ocupar cargos públicos.
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso extraordinario que el Fiscal General Mario Villar presentó contra las confirmaciones de las absoluciones de las nueve personas acusadas por el delito de asociación ilícita. Según mencionó Infobae, por su parte, el juez Gustavo Hornos en disidencia propuso que se conceda el recurso extraordinario únicamente al fiscal en lo que respecta al delito de asociación ilícita y al incremento en el decomiso de 84.000 millones.
La defensa de la ex presidenta había planteado que el fallo implicaba un caso de gravedad institucional. Aunque a raíz de eso, con cita la jurisprudencia de la Corte, los jueces de Casación resaltaron que si bien no desconocen la trascendencia del caso, lo cierto es que la gravedad institucional se vincula con la trascendencia de la sentencia apelada y, en su caso, con la necesidad impostergable de que la Corte haga una declaratoria sobre el punto en discusión.
Los abogados defensores presentarían ante la Cámara el denominado “recurso de queja”, para llegar a la Corte Suprema
Ahora, los abogados defensores de todas las partes, junto con el fiscal, tienen cinco días hábiles para presentar ante la Cámara el denominado “recurso de queja” para llegar a la Corte. Se prevé que suceda.
Luego de lo sucedido en la tarde de este jueves, la Corte podrá evaluar dos opciones. Una es rechazar la apelación de las partes sin analizar el fondo del planteo, y si eso ocurre, quedaría firme la condena y los acusados que tuvieran una pena de más de tres años y un día de prisión, quedarían detenidos. En el caso de la ex presidenta, si no contara con fueros legislativos, debería cumplir arresto domiciliario por contar con 72 años.
La segunda opción es “abrir” el caso para su estudio, sin embargo, esa decisión demandaría más tiempo. En ese segundo caso, puede confirmar lo actuado por la Justicia anteriormente, anular las sentencias o confirmarlas parcialmente, es decir, rebajar o subir las condenas, o absolver a alguno de los acusados.
Cómo se encuentra actualmente la causa de Vialidad y cuáles es el plazo de la Corte
La causa Vialidad cuenta una sentencia del Tribunal Oral 2, y con la resolución de la Cámara de Casación, que resulta ser la máxima instancia penal del país. El expediente se encuentra en igual situación que la que tuvo el ex vicepresidente Amado Boudou, lo que en lenguaje judicial se llama “doble conforme”, es decir, dos sentencias en el mismo sentido.
Es importante recordar que la Corte no tiene plazos para tratar el planteo, lo que significa que podría decidir resolver la causa apenas le llegue, con los jueces que en ese momento integren el tribunal o por lo contrario puede tomarse un tiempo.
En paralelo corre el calendario electoral de este año, con la definición de las candidaturas, incluida la eventual postulación de Cristina Kirchner, que en caso de ganar, le brindaría una gran autoridad e incluso, acompañamiento de votantes.
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