¿Qué pasa si no me presenté como autoridad de mesa en las elecciones de Río Negro 2023?

La función es una carga pública de carácter irrenunciable pero la norma prevé que existen excepciones legalmente atendibles. Qué pasa si no te excusaste en tiempo y forma? ¿Qué tipo de sanciones te pueden aplicar?

Río Negro votó ayer para renovar los cargos de gobernador y vicegobernador, las 46 bancas de la Legislatura, las intendencias de 22 municipios y autoridades de las 34 comisiones de fomento. La jornada transcurrió con normalidad pero hubo algunas demoras al inicio de los comicios por la ausencia de autoridades de mesa. Rápidamente se designaron nuevas y las mesas se pudieron conformar pero ¿qué pasa si habías sido designada, no te excusaste en tiempo y forma y no te presentaste a cumplir con la carga pública?

En total, hubo 589.251 personas habilitadas para votar en 1.785 mesas distribuidas en todo el territorio provincial. Para ello, el Juzgado Electoral de Río Negro designó a 10.710 personas para que se desempeñaran como autoridades de mesa: tres responden a la designación obligatoria que define la ley y las otras tres se previeron para la cobertura de posibles ausencias justificadas.

Las personas notificadas por telegrama como autoridades de mesa debían presentarse en la escuela asignada el 16 de abril a las 7:15. Esta función es una carga pública de carácter irrenunciable pero la norma prevé que existen excepciones legalmente atendibles.

Las personas que, por razones válidas, no podían cumplir el mandato, debían comunicarlo ante el Juzgado de Paz de su localidad en un plazo máximo de 5 días desde la recepción del telegrama.

El presidente de mesa y los suplentes deben estar presentes en el momento de la apertura y clausura del acto electoral. Si por enfermedad o fuerza mayor las autoridades no pudieron estar presentes a la hora asignada (7:15), deberían haber informado en ese momento al Tribunal Electoral.

Le ley establece que, si hasta las ocho y treinta (8,30) horas no se hubieren presentado los designados, el
Juez de Paz designará de entre los electores de la mesa nuevas autoridades.

Las sanciones que les caben a las autoridades de mesa por no haberse presentado son las mismas que rigen para quienes no se presentaron a votar. «Según el código electoral les corresponde una multa, que es simbólica», explicó Videla, «pero hay otras sanciones que son muy duras como la imposibilidad de hacer trámites municipales y provinciales durante un año o la imposibilidad de acceder a un empleo público durante tres años. El cumplimiento o no, ya depende de cuestiones operativas pero en la teoría son sanciones muy fuertes para ese tipo de infracción».

La ley define que las autoridades de mesa son tres: un presidente, que es la máxima autoridad, y dos vocales o suplentes que comparten las mismas responsabilidades y pueden reemplazarlo de manera temporal o permanente.

Su misión esencial es «velar por el correcto desarrollo del acto eleccionario». Durante la jornada, al reemplazarse entre sí, deberán asentar la hora en que toman y dejan el cargo. En todo momento debe haber un suplente en la mesa para reemplazar al que está actuando de presidente, si fuese necesario.


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