Punto por punto, qué dice la reforma laboral incluida en la Ley Bases

Qué modificaciones se hicieron a este tramo de la Ley Bases que logró dictamen en el plenario de comisiones de Diputados.

Diputados del plenario de comisiones que dio dictamen a la Ley Bases.

La reforma laboral fue incluida dentro del proyecto de Ley Bases que logró esta tarde dictamen de mayoría en el plenario de comisiones y que será tratada en Diputados la próxima semana, en busca de la media sanción en la Cámara Baja.

Este tramo de la Ley Bases tuvo varias modificaciones y continuación se enumeran los principales puntos de esta reforma laboral.

– En la reforma final no figura la eliminación de las cuotas solidarias a sindicatos, que significaba un golpe a su recaudación. El radicalismo insiste con incluir el tema y lo planteó como una disidencia. “Los trabajadores deben ser los verdaderos destinatarios de la protección sindical en vez de ser fuentes de recurso y financiamiento”, planteó la UCR en el documento presentado en las comisiones.

– Entre los puntos que sí quedaron, se eliminan definitivamente las multas por trabajo no registrado con el fin de alentar la contratación en relación de dependencia. El período de prueba tendrá seis meses de vigencia, pero las convenciones colectivas de trabajo podrán ampliar ese período hasta ocho meses en las empresas de seis y hasta 100 trabajadores, y hasta un año en las empresas de hasta cinco trabajadores.

– Por otra parte, mediante convenio colectivo de trabajo, las partes podrán sustituir el régimen indemnizatorio tradicional por un fondo o sistema de cese laboral, cuyo costo estará siempre a cargo del empleador, con un aporte mensual que no podrá ser superior al 8% de la remuneración computable. Los empleadores también podrán optar por contratar un sistema privado a su costo, a fin de solventar la indemnización.

– En otro orden, el trabajador independiente podrá contar con hasta cinco “colaboradores” para llevar adelante un emprendimiento productivo y podrá acogerse a un régimen especial basado en la relación autónoma, sin que exista vínculo de dependencia entre ellos ni con las personas contratantes de los servicios u obras.

– Por otra parte, la participación en bloqueos o tomas de establecimientos, ya sean totales o parciales, configurará una “grave injuria laboral” y podrá ser tomada como causal de despido. Pese a que hay acuerdo, los diputados dialoguistas meten presión para la eliminación del artículo que fija multas y sanciones a los trabajadores por el bloqueo de empresas.

Periodo de prueba: en este punto se establece un periodo de 6 meses con la posibilidad de que las convenciones colectivas de trabajo puedan a ampliar hasta 8 meses en los casos de empresas de 6 a 100 trabajadores. En el caso de las empresas de hasta cinco trabajadores el plazo se podrá extender hasta un año. Además se aclara que un empleador no podrá contratar a un mismo trabajador en más de una vez utilizando el formato de prueba.

– Discriminación: se estipula un “agravamiento indemnizatorio” en los despidos que, tras una sentencia judicial, se pruebe que estos fueron motivados por un acto discriminatorio.

Simplificación registral: se establece un régimen simplificado de registración laboral con un aporte único para las empresas de hasta 20 empleados.


Con información de Corresponsalía Buenos Aires, Clarín y La Nación


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