¿Olvido de la fiscalía o falla informática?: sobreseen a acusado de tentativa de femicidio en Neuquén
Se vencieron los plazos para presentar la acusación y un tribunal ordenó el sobreseimiento como marca la letra del Código Procesal. La fiscalía impugnó y ahora debe resolver el TSJ.
El Tribunal Superior de Justicia debe resolver un delicado caso en el que una vez más se ponen en discusión los plazos que fija el Código Procesal Penal, ese motor que mantiene la maquinaria a una velocidad tal que impide que las causas se oxiden como ocurre en la justicia federal de Comodoro Py.
Un hombre acusado de tentativa de femicidio contra su ex pareja fue sobreseído porque la fiscalía no presentó dentro del plazo legal el requerimiento de apertura a juicio y el pedido de audiencia de control de acusación.
El fiscal Andrés Azar argumenta que solicitó la audiencia un día antes del vencimiento del plazo, el 21 de diciembre del 2024, pero no se vio reflejado en el sistema informático de la Oficina Judicial que es la encargada del registro y agendamiento.
La teoría de la falla informática
En esos días el fuero penal «estaba en pleno traspaso del sistema Lotus al Pehuen, y fueron varios los casos que suscitaron inconvenientes similares: audiencias solicitadas no reflejadas en la Oficina Judicial», dijo Azar.
La defensora del imputado, Sol Pérez de León, contraargumentó que «no hay ninguna constancia en la Oficina Judicial de que haya presentado la acusación» a tiempo, y pidió el sobreseimiento del acusado quien además cumple prisión preventiva.
El primer fallo
El primer juez que intervino en la controversia, Juan Kees, negó el sobreseimiento. Dijo, entre otros argumentos, que «no sería justo para la víctima que el acusado accediera a un sobreseimiento por la única circunstancia de que o hubo un fallo en el sistema, o llanamente la fiscalía no pidió una audiencia».
La abogada Pérez de León recurrió al Tribunal de Impugnación, que por unanimidad le dio la razón, revocó la decisión de Kees y sobreseyó a su cliente.
«La omisión tiene consecuencias»
Las juezas Florencia Martini, Liliana Deiub y el juez Richard Trincheri entendieron que «la fiscalía está obligada a cumplir los actos procesales» y «la omisión tiene consecuencias».
«No se acreditó que la fiscalía haya presentado el requerimiento de apertura a juicio en la Oficina Judicial para que las partes tomaran conocimiento», agregaron.
La teoría del error humano
Azar insiste en que lo hizo, pero en el «viejo» sistema Lotus. A ese argumento respondieron los jueces: «no pasó de ser un acto interno del Ministerio Público Fiscal», porque no hizo el click siguiente para cargarlo en el «nuevo» Lotus.
Este jueves, el fiscal Azar y la defensora Ponce de León llevaron sus planteos a la sala penal del Tribunal Superior de Justicia, integrada por Soledad Gennari y Evaldo Moya. Darán al conocer el fallo el 30 de abril.
El antecedente
El Tribunal ya declaró inconstitucionales dos artículos del Código Procesal Penal que obligan al sobreseimiento del imputado cuando se cumpla el plazo de investigación de 4 meses sin que se haya dictado una prórroga.
Azar no invocó ese precedente. Lo que sí mencionó, y que puede ser causal de nulidad, es que la víctima no fue notificada de la audiencia ante el Tribunal de Impugnación. Le avisaron a su madre, por Whatsapp. No viven juntas.
La tentativa de femicidio
El imputado es Héctor Adrián Álvarez, y el hecho que se le atribuye ocurrió el 20 de agosto entre las 8 y las 9 de la mañana en un inquilinato de la calle Varvarco.
El acusado ingresó por una ventana y sorprendió a la víctima, su expareja, cuando dormía. Primero la atacó con golpes de puño y luego con un cuchillo de 30 centímetros de largo. Todo el tiempo le gritaba «te voy a matar».
Le tiró puntazos al abdomen pero la punta del cuchillo impactó contra el teléfono celular que la mujer guardaba entre sus ropas, y eso le salvó la vida. La hirió en el muslo derecho.
La dueña del inquilinato logró que el agresor dejara de atacar a la víctima, llegó la policía y lo detuvo. Desde entonces está con prisión preventiva.
El Tribunal Superior de Justicia debe resolver un delicado caso en el que una vez más se ponen en discusión los plazos que fija el Código Procesal Penal, ese motor que mantiene la maquinaria a una velocidad tal que impide que las causas se oxiden como ocurre en la justicia federal de Comodoro Py.
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