Neuquén incorporó la licencia por identidad de género al convenio colectivo de estatales

Es la primera provincia en sumarla. Contempla los casos, por ejemplo, en que una persona trans necesite tomarse días para acceder al tratamiento de hormonización o a una cirugía de modificación corporal. La deuda: el cupo laboral.

Actualmente hay 11 personas trans, travestis y no binarias que trabajan en el Estado provincial. Foto Matías Subat.

Neuquén es la primera provincia que incorporó al convenio colectivo general de trabajadores estatales una licencia por identidad de género, que reconoce el derecho de las personas trans, travestis, no binarias empleadas en el ámbito público a tomarse los días para acceder a tratamientos médicos de hormonización y/o cirugías de modificación corporal.

El convenio fue aprobado este mes y alcanza a un universo de 6.740 trabajadores. Abarca al personal de Jefatura de Gabinete, ministerio de Mujeres y Diversidad, la Secretaría General y Servicios Públicos, el ministerio de Gobierno y Educación, el CIPPA, la dirección de Estadística y Censos, dirección de Catastro, el IJAN, las 21 comisiones de fomento y el ISSN, que es la obra social y caja jubilatoria provincial.

En el contexto de la negociación con el gobierno provincial, el sindicato ATE propuso sumar esta licencia en cumplimiento de la ley de identidad de género, sancionada hace diez años, que establece que el sistema público de salud, el privado y el de las obras sociales deben garantizar la cobertura de los tratamientos de modificación corporal. Para acceder solo se requiere el consentimiento informado de la persona.

«La cobertura está. Ahora, ¿cómo salen del trabajo?, ¿cómo se sustenta ese derecho? No había nada. Observamos que la obra social (por ISSN) lo cubría al 100% también«, afirmó Andrea Gatica, paritaria por ATE en el convenio general y secretaria de Finanzas en el gremio.

Agregó: «Es la primera vez que se incorpora este tipo de licencia en un convenio en esta provincia». El resto de los sectores podrán discutirla y sumarla en las negociaciones paritarias abiertas.

Cláusula de igualdad


El artículo 80 del convenio de Neuquén otorga un permiso especial para el tratamiento de hormonización y los trámites que conlleve, y la licencia con goce íntegro de haberes será para quienes opten por una cirugía de modificación corporal. Los días se determinarán de acuerdo a la prescripción médica.

Actualmente trabajan en el Estado provincial 11 personas trans, travestis y no binarias, según la información brindada por la subsecretaría de Diversidad.

El convenio colectivo de trabajo para la administración pública nacional también incluyó una cláusula de igualdad que otorga 30 días para este tipo de tratamientos médicos, que antes se justificaban con licencias por enfermedad.

La deuda


Gatica aseguró que si bien esto significa un gran avance, la provincia no tiene una ley de cupo laboral travesti-trans, como sí aprobó el Congreso, que promueva la incorporación de esta población históricamente postergada al trabajo formal en el Estado.

Hay municipios que sí lo han hecho a través de ordenanzas, como es el caso de la ciudad de Neuquén y Chos Malal, entre otras.

Esta exclusión se explica por múltiples motivos. El 60% de las personas travesti-trans de Río Negro y Neuquén no completó el ciclo de educación obligatoria, según el primer relevamiento a la población que se realizó en la región en 2017. Esto se debe al hostigamiento y la discriminación que reciben, además de que muchas personas son expulsadas de sus familias que no aceptan su identidad de género.

«La provincia no tiene un cupo como para abrir la puerta, para que todos seamos parte, es una deuda. Lo primordial es el acceso al trabajo y no se da porque no hay una ley de cupo. Es un universo con expectativa de vida que no supera los 50 años, ¿Qué estamos esperando para un cupo? Es necesario después que salga monitorearlo para que realmente se cumpla», dijo Gatica.

Nuevo régimen de licencias


El resto de las licencias del convenio está en línea con el nuevo regimen que aprobó la Legislatura en septiembre, y que le otorga por ejemplo 60 días a los varones para que se dediquen al cuidado de sus hijos e hijas cuando nacen.

De todas formas el convenio introdujo algunas modificaciones, por ejemplo, en los casos de adopción se asignan 210 días corridos a partir de que el Poder Judicial concede la guarda, sin importar la edad del niño, niña o adolescente. La ley solo considera este plazo cuando se trata de la adopción de chicos y chicas que tienen entre 10 y 18 años.


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