Neuquén debate la transparencia en el patrimonio de sus funcionarios ¿Qué parámetros debe seguir?
En la Comisión de Asuntos Constitucionales y Justicia de la Legislatura hay acuerdo para tratar un proyecto que garantice el acceso público a las Declaraciones Patrimoniales de los funcionarios. Las pautas de MESICIC, un modelo a seguir.
Diputados y diputadas reunidos el martes en la Comisión A de la Legislatura de Neuquén se buscaron en la lista que publicó el Diario RÍO NEGRO. “Parece que la de Gass esta observada”, dijo uno de forma jocosa, “incompleta” sumó otro. La nota, impresa en una A4 en blanco y negro, circuló entre los diputados presentes. Cada uno que la pidió, repasó si estaba incluido entre quienes habían presentado su Declaración Jurada Patrimonial.
Durante el debate, algunos buscaron mostrar lo hecho: “yo la presenté en cuatro oportunidades” se escuchó; otro dijo: “yo, cada vez que asumí un cargo”. Otros optaron decir que lo hacen todos los años ante la AFIP.
Lo cierto es que de los 14 integrantes de la Comisión A que debaten el tema, según el informe que la Escribanía de Gobierno les entregó a los abogados Federico Egea y María Angélica Acosta Meza – tras presentar un pedido de acceso a la información pública – solo 5 la presentaron entre 2023 y 2024.
Vale la aclaración por si hay confusión, la presentación que muchos hacen ante AFIP si bien está en el poder del Estado, no es información pública ni accesible para el ciudadano. Y de eso se trata el debate.
La ley 5 que regula la presentación de las Declaraciones Juradas en la provincia data de 1958. Es restrictiva y va en contra de estándares democráticos del acceso a la información pública. Rige para funcionarios del Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
Antes del cierre de la discusión, el presidente de la comisión Ernesto Novoa de Comunidad prometió seguir tratando el proyecto de ley que presentó la diputada Brenda Buchiniz del bloque Cumplir – La Libertad Avanza para modificar la normativa vigente. Aunque, muchos de los puntos que allí se proponen, restringen también el acceso a la información.
¿Qué parámetros tiene que tener una nueva ley para garantizar transparencia?
El MESICIC es el Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción de la Organización de los Estados Americanos. El organismo analiza marcos jurídicos e instituciones y busca garantizar lo acordado entre los Estados miembros. Argentina es uno de ellos, por tanto, debe seguir los lineamientos que propone.
Para facilitar que los Estados miembros cumplan con pautas de transparencia, el MESICIC, tiene elaborado un modelo de proyecto de ley, para que los Estados descarguen de la web, adapten e implementen. Es decir, les facilita el trabajo a los Poderes Legislativos de cada Estado miembro.
Este modelo de ley abarca a funcionarios de los tres poderes, centralizados y descentralizados, como la ley 5 de Neuquén. Pero a diferencia de la normativa local, establece que los miembros deben presentar una declaración de intereses de ingresos, activos y pasivos. Y además que lo deben hacer en cuatro oportunidades: dentro de los 30 días de haber sido nombrados, actualizarla anualmente, al finalizar el desempeño de funciones públicas y al año de haber desempeñado la función.
Otra diferencia con la normativa local es que el “Grupo familiar” incluye al cónyuge, conviviente, hijos menores o incapaces y personas sujetas a tutela o curatela del sujeto obligado.
Propone que sean completadas de manera digital y establece la creación de un registro público para que las declaraciones puedan ser consultadas de forma libre y accesible. También reserva datos sensibles como domicilio, números de cuenta bancaria, dominio de los vehículos, etc., tema que se debatió en la Comisión el martes pasado.
Establece también un mecanismo fundamental para la garantía de transparencia: la autoridad competente gozará de independencia funcional y presupuestaria. Propone sanciones económicas y penales para los funcionarios que no la presenten ni en tiempo, ni forma, y consignen datos falsos.
Por último, establece sanciones para quienes hagan uso indebido de la información publicada.
El modelo de ley está a un clic de distancia. Resta descargarlo y adaptarlo a la realidad local.
Comentarios