Multas de Nación: CALF solo modificará su boleta si se lo pide el municipio de Neuquén

El municipio de Neuquén reiteró el principio de autonomía y recordó que lo que se cobra en la factura de luz está respaldado por ordenanzas que se deben cumplir. No llegaron aún las notificaciones con el aviso de imputaciones y de multa.

Calf no recibió la notificación de que será multada si no saca de la boleta los conceptos ajenos al consumo de energía (foto Matías Subat)

La cooperativa eléctrica CALF no modificará la boleta que distribuye en Neuquén capital para sacar ítems de cobro que fueron establecidos por ordenanzas, a menos que sea el municipio, como poder concedente, el que determine quitar conceptos ajenos al consumo eléctrico de la factura. «No hemos recibido ninguna intimación» del ministerio de Economía de la Nación, se aseguró desde el cuerpo legal de la entidad. Desde el municipio de Neuquén, insistieron en la autonomía y en que los ítems adicionales fueron establecidos por ordenanza.

Según se precisó desde el consejo de administración, CALF no fue intimada a ajustar sus facturas a la resolución de Comercio 267 que prohíbe disponer de conceptos ajenos en la boleta en la que se cobra el consumo eléctrico.

Sus autoridades aseguraron que desconocían el sumario que les inició el ministerio de Economía, en el que advierte que podrían recibir multas a través de la secretaría de Industria y Comercio, de hasta 2.130 millones de pesos, según el comunicado oficial del ministerio de Economía.

«No hemos recibido notificación alguna» respondieron desde CALF ante el comunicado oficial del gobierno nacional, en el que se detalló que se abrieron 244 expedientes para multar a las prestadoras de energía que incluían en el cobro del servicio eléctrico o de gas, ítems ajenos al servicio.

El ministerio de Economía informó que 95 firmas fueron imputadas y CALF fue incluída en el listado de sumariadas e imputadas, detrás de Agua Potable Jujuy, Aguas Cordobesas, Aguas Santafecinas y antes de Camuzzi Gas del Sur.

En declaraciones a Diario RÍO NEGRO, CALF indicó que la cooperativa se rige por el contrato de Concesión y por las normas dictadas desde el municipio, ya sea a través del contrato de concesión o las ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante. Y que, cuando llegue una notificación, se tomarán definiciones.

«No podemos dejar de cobrar las tasas que nos indican las ordenanzas, a partir de una multa» respondió CALF al tiempo que puntualizó que no saben si hay multas o no, porque solo conocen los trascendidos periodísticos.

Cuando salió la resolución 267 del ministerio de Economía que estableció la prohibición de «conceptos ajenos» al consumo eléctrico en las boletas de cobro de los servicios, CALF solicitó al intendente Mariano Gaido indicaciones como poder concedente. Y se le respondió que debían cumplir con las ordenanzas.

La tasa CAN y la cuota de la deuda de CALF con Cammesa en la boleta de más de 120.000 usuarios capitalinos, se cobra por la sanción de la ordenanza 14645, al igual que los conceptos de alumbrado público, uso del espacio aéreo y una tasa por la auditoría de control e inspección.

Según CALF, la entidd cobra por cuenta y orden del municipio y si decide ir a la justicia, será su definición. Se indicó que en caso de que llegase una multa, se rechazará con el contrato y los argumntos de que se cobra lo que está estipulado por ordenanza.

Se insistió en que se realizarán todas las presentaciones necesarias, incluida una nueva solicitud de aclaración al municipio para saber si cambiará la modalidad de cobro de lo que figura en la factura de luz.

Qué dijo el municipio


«Se cumple el contrato y las ordenanzas», dijo escuetamente el intendente Mariano Gaido quien volvió a defender la autonomía municipal frente a las resoluciones del ministerio de Economía del gobierno nacional.

El secretario de gobierno, Juan Martín Hurtado agregó que el Ejecutivo lleva a cabo «lo que legalmente corresponde, la imputación no es contra el municipio, es contra CALF si es que se comunica. Está dentro del proceso normativo que CALF pueda percibir las tasas: la cooperativa se rige por el contrato de concesión y por las normas dictadas por el poder concedente, en este caso las ordenanzas que sanciona el Deliberante. Cuando se reciba una intimación, veremos qué se plantea, qué posición tomar ante lo que técnicamente, corresponde»; finalizó.

Desde que se sancionó la ordenanza recaudatoria de CALF el 30 de noviembre de 2023, todas las iniciativas legales, políticas y de iniciativa ciudadana para sacar los nuevos ítems incorporados a la facturación de energía, fracasaron por una férrea defensa política del cobro de esos ítems con la boleta de luz.


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