Qué incluye el capítulo de blanqueo del Paquete Fiscal aprobado en Diputados
Los legisladores están tratando cada capítulo del Paquete Fiscal. Ya fueron aprobados la modificación moratoria y blanqueo.
Pasadas las 15.30 la Cámara de Diputados aprobó por mayoría el capítulo de blanqueo del Paquete Fiscal de la Ley de Bases. El resultado de la votación fue de 131 legisladores a favor, 117 en contra y 4 abstenciones.
Con ese capítulo el Gobierno busca lograr el “blanqueo” de capitales y un plan de facilidades de pago para las obligaciones tributarias, aduaneras y de la Seguridad Social impagas hasta el 30 de noviembre pasado, así como por las infracciones fiscales registradas hasta esa fecha.
Según el texto, al que todavía le falta la sanción en el Senado para que sea ley, no hay límite máximo de cuánto se puede blanquear sin tener que pagar multas, siempre y cuando el dinero que ingresa al sistema financiero argentino no salga hasta el 31 de diciembre de 2025.
En otras palabras, un contribuyente puede regularizar más de US$10 millones sin pagar ninguna retención, siempre y cuando se mantenga en una cuenta bancaria especial o invertida en una actividad productiva, que se detallará después si se aprueba la ley a través de la reglamentación del Poder Ejecutivo.
Si el contribuyente retira el dinero antes del 1° de enero de 2026, pagará alícuotas del 5%, 10% o 15% sobre la base imponible que exceda los US$100.000, según cuándo se haya adherido al régimen. Por eso se diseñaron tres etapas para ingresar al blanqueo. Cuanto antes se ingresa al régimen, menos alícuota hay que pagar de impuestos si se retira lo blanqueado antes de 2026 del sistema financiero.
La primera etapa abarca desde el día siguiente a la entrada en vigencia de la respectiva reglamentación dictada por la AFIP hasta el 30 de noviembre próximo. La segunda etapa abarca desde el 1° de octubre al 31 de diciembre para pagar un adelanto de la alícuota. Habrá tiempo para regularizar el restante antes del 30 de abril de 2025, si quitará el dinero del sistema financiero antes de enero de 2026.
Finalmente, la tercera etapa para realizar la manifestación de adhesión y el pago adelantado obligatorio será entre el 1° de enero y el 31 de marzo de 2025, y la fecha límite de la presentación de la declaración jurada y del pago del impuesto de regularización será de 30 de abril del próximo año.
El pago adelantado previsto deberá ser “no menor al 75% del Impuesto Especial de Regularización”.
En tanto, se permitirá regularizar hasta US$100.000 en efectivo, inmuebles o criptomonedas y dejarlo fuera del sistema financiero sin pagar impuestos.
Con información de La Nación
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