La Legislatura de Río Negro aprobó la prohibición para comercializar pirotecnia sonora
Los municipios que tienen prohibiciones totales "siguen vigentes" aclaró Magdalena Odarda previo a la votación unánime de la cámara.
En segunda vuelta, la Legislatura rionegrina aprobó por unanimidad la Ley que prohíbe la comercialización y venta al público de pirotecnia de estruendo. La iniciativa presentada por Magdalena Odarda había tenido el respaldo mayoritario del cuerpo durante su tratamiento en primera vuelta, a comienzos de septiembre.
Antes de la votación Odarda destacó su «satisfacción por haber llegado a esta instancia después de tanto tiempo, de tantos proyectos que no pudieron llegar al recinto para ser aprobados, creo que fueron más de 10».
Dijo que «vamos a terminar con una verdadera tortura que es la pirotecnia de estruendo, vamos a prohibir la comercialización, la venta, el uso, la tenencia y la fabricación», al tiempo que agradeció la colaboración de distintas organizaciones, «que nos han apoyado».
Odarda aclaró que «el objetivo siempre fue la prohibición de la pirotecnia de estruendo exclusivamente» y reconoció que «no es el mejor proyecto» porque «hubiéramos preferido llegar a la prohibición total, incluida la lumínica pero los consensos llegaron hasta acá».
Adelantó que «retomares el trabajo de otros legisladores y vamos a trabajar en un proyecto para prohibir la pirotecnia lumínica» y la agenda que incluye temas como «prohibir la caza con perros» y la «fiscalía sobre maltrato animal».
Por otra parte, señaló que «el proyecto no implica la derogación de las ordenanzas locales
que prohíben el uso total de pirotecnia» por eso «los municipios qu tienen prohibiciones totales siguen vigentes» porque «no modificamos ninguna norma de mayor proyección que tengan los municipios».
Los funcionarios no podrán tener deudas por impuestos
También sancionó, por mayoría, la ley impulsada por el bloque Coalición Cívica ARI – Cambiemos, que autoriza a los titulares de los Poderes Ejecutivo y Legislativo de la provincia de Río Negro, a retener de los haberes de sus funcionarios, las sumas que adeuden en concepto de impuesto automotor, impuesto inmobiliario e ingresos brutos.
La norma comprende a funcionarios del Poder Ejecutivo: Gobernador, Ministros, Secretarios, Subsecretarios, Directores Generales, Directores, Subdirectores; Presidentes y Vicepresidentes de las Sociedades del Estado, Gerentes y Jefes de Área, Interventores y todo aquel cargo que esté incluido en la nómina de autoridades de la Provincia de Río Negro.
Además se prorrogó desde el vencimiento y hasta el 31 de diciembre de 2025 la ley que suspende los cortes de servicios públicos domiciliarios de vivienda única familiar a usuarios en situación de desempleo o condición socioeconómica que impida su cumplimiento.
También se sancionó la ley que instituye el día 10 de junio de cada año como «Día de la Afirmación de los Derechos Argentinos sobre las Islas Malvinas, Islas del Atlántico Sur y Sector Antártico» que dispone la realización de actos oficiales y alusivos, actividades educativas y culturales en todo el territorio provincia.
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