La impugnación judicial de JSRN para mejorar sus posibilidades en las elecciones nacionales
El martes próximo, la Justicia Electoral Federal realizará la audiencia de boletas, que ya tiene escritos contrarios a los modelos presentados.
Juntos Somos Río Negro impugnó la boleta de Diputados, del partido FE, anexada a la boleta del candidato presidencial Javier Milei.
El próximo martes, la Justicia Electoral realizará la audiencia de los apoderados para la oficialización de las boletas para las elecciones Primarias del 13 de agosto.
El principal debate se centrará en la presentación a JSRN, que preside Alberto Weretilneck, donde se opone a que la boleta a la Cámara Baja de FE -con Lorena Villaverde como primera candidata- quede anexada a la papeleta del libertario Milei.
Esa posibilidad inquieta al oficialismo provincial, como también, a otras fuerzas mayoritarias ya que el arrastre del tramo presidencial será electoralmente beneficioso para los candidatos de FE en Río Negro.
La impugnación de JSRN fue formalizada por su apoderado Damián Torres, que cuestionó el “modelo de boleta” del Partido Fe y la “pretendida adhesión de boletas con la Alianza Electoral Transitoria la Libertad Avanza”.
Inicialmente, JSRN plantea que FE “pretende apropiarse indebidamente de la identidad” de la Alianza Libertad, “constituida a nivel nacional” y propone a Milei, “buscando la confusión del elector para que este a la hora de observarla entienda que se trata de una misma y única agrupación”. Alude que se usan los “mismos colores y nombres”, “el diseño es exactamente igual” y FE utiliza “símbolos” de la alianza “en su propia boleta”.
Su argumento es que esa “alianza no se ha registrado en el Distrito Rio Negro” y FE participa como “partido, no habiéndose registrado aquí la Alianza que lleva como pre-candidato a Presidente” a Milei.
En su escrito, el apoderado alude que “claramente se pretende ahora efectuar maniobras o utilizar atajos”, con una “clara intención de confundir al electorado para que este piense” que los candidatos en Río Negro “se vean como integrantes de la alianza” de Milei.
Entiende que habilitar la boleta propuesta por FE respondería a un “mecanismo tramposo”, y sería “violatorio del debido proceso y afectaría el principio de igualdad de las partes, ambos principios constitucionales”.
Resalta las diferencias entre el “acuerdo de adhesión de boletas y la naturaleza de las Alianzas Electorales Transitorias. El primero -agrega- solo garantiza que las boletas estén pegadas pero no lleva a la adquisición de la misma identidad”.
Precisa que el decreto 256/2019 establece que “en el caso en que no participen agrupaciones de igual denominación en todas las categorías de cargos a elegir, las listas que compiten por una agrupación de distrito podrán adherir sus boletas con las correspondientes a listas de una única agrupación política de orden nacional de diferente denominación”.
Reafirma que “resulta claro en la norma que el acuerdo de adhesión no tiene como naturaleza la adopción de la misma identidad, sino solo el poder adherir boletas”.
Precisamente, la otra cuestión en la impugnación es el acuerdo donde FE logra adherirse a la boleta de la alianza de Milei, que JSRN plantea la “falta de legitimación”. Remarca que ese entendimiento no tuvo “autorización interna”, “no se legitimó a quienes lo hicieron y no se cumplió con la exigencia” de la norma nacional, que “establece la necesidad del acuerdo expreso de los apoderados de listas para dicha adhesión”.
“No se ha incorporado el acuerdo especifico y expreso de los apoderados de las listas, que es requisito del decreto en cuestión para habilitar la adhesión. Entonces, nuevamente el partido Fe no ha cumplido con las formas legales establecidas”.
Reconoce que el “acuerdo fue presentado”, pero “el mismo posee varios defectos insubsanables que no pueden pasar desapercibidos y que lo invalidan”.
Luego, el apoderado de JSRN repasa el proceso de FE, concluyendo que el acuerdo se “suscribió por la Alianza” nacional “cuando aún no estaba constituida”, “no se autorizó a nivel Nacional por parte del partido Fé la suscripción de acuerdos de adhesión, solo se habilitó la conformación de alianzas y confederaciones”, ni “se autorizó en el acta del interventor de Rio Negro” a la adhesión, tampoco al apoderado para “firmar dicho acuerdo”..
Se concluye que en el expediente “solo se incorporó el acta de la Junta electoral partidaria donde se aprueba la boleta y se tiene presente lo manifestado por el apoderado de lista, sobre el pegado de los cuerpos distritales con las boletas” de la Alianza donde “el partido FE es parte”.
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