La defensa apeló el traslado a Ezeiza de las mujeres mapuches detenidas en Villa Mascardi
Cuestionan la falta de perspectiva de género y la pena adicional que implica llevarlas a 1.600 kilómetros de su grupo familiar. Otras 3 mujeres permanecen en Bariloche con situaciones especiales. No fueron indagadas.
Los abogados defensores Andrea Reile y Ezequiel Palavecino apelaron la medida de la jueza federal subrogante Silvina Domínguez que ordenó el traslado al penal federal de Ezeiza de las mujeres de la lof Lafken Winkul Mapu que habían sido detenidas el martes en el operativo de desalojo de Villa Mascardi.
Por disposición judicial, presuntamente ante la falta de cárceles de mujeres federales en la zona para alojar a las imputadas, ayer por la noche fueron trasladadas al penal de Ezeiza Martha Luciana Jaramillo, Andrea Despo, Florencia Melo y Débora Vera.
Los abogados cuestionaron que se traslade a sus defendidas a 1.600 kilómetros de su grupo familiar y lugar de residencia y consideran que esa medida “les causa un perjuicio adicional a su privación de libertad”.
Esgrimieron que por ser mujeres, “los tratados internacionales impiden agravar su situación debiendo agotarse las posibilidades, lo que no se ha hecho en autos de alojarlas en algún lugar provincial o municipal adecuado en esta ciudad o resolver su situación procesal”, indica el escrito presentado en el Juzgado Federal de Bariloche que difundió el Parlamento Mapuche.
Para los defensores, el hospital zonal Ramón Carrillo “con la debida custodia sería un lugar más adecuado y cercano con sus familias, sus tradiciones y sus abogados defensores”.
Cabe mencionar que las mujeres permanecieron detenidas en la sede administrativa de la PSA en el aeropuerto de Bariloche. Allí continúan alojadas Betiana Ayelén Colhuan (machi de la comunidad) y María Celeste Ardaiz Guenumil, quienes son lactantes y permanecen con sus hijos de escasos meses. Mientras que en el hospital permanece internada con un embarazo de 40 semanas, Romina Rosas.
Los abogados citaron los antecedentes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que señala que el traslado a un establecimiento penitenciario alejado del lugar de residencia “puede tener efectos en la integridad no solo de la persona detenida sino también de sus familias”. Además remarca la necesidad de cercanía con sus representantes legales.
Indicaron que el protocolo del Servicio Penitenciario Federal indica que para un traslado se debe justificar la medida con 72 horas de antelación y que no se podrá efectuar en el caso de embarazadas y mujeres con hijos pequeños autorizados a permanecer con ellas. En este último caso, la jueza admitió la permanencia en Bariloche de tres mujeres que responden a estos criterios.
Consideraron también que el traslado implica una pena adicional a estas mujeres que “gozan del beneficio de inocencia y de los derechos indicados, perteneciendo a un grupo que por sí es perseguido históricamente”.
Las 7 mujeres detenidas el martes en el desalojo de la lof Lafken Winkul Mapu están imputadas en un nuevo expediente judicial por el incendio y atentado a la autoridad, ocurrido el domingo 25 de septiembre en la propiedad Los Radales contra un puesto de control de Gendramería Nacional. Hasta el momento no fueron indagadas.
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