Jones Huala preso en Chile: “Debe quedar en libertad”, afirmó la defensa trasandina

El referente mapuche nacido en Bariloche cumplió su pena, según remarcó la abogada oficial que pidió a la Corte de Apelaciones de Temuco que resuelva la controversia.

La prolongación de la permanencia del líder mapuche nacido en Bariloche, Facundo Jones Huala, en el Centro Penitenciario de Temuco, en Chile, superado el plazo de su condena, motivó un recurso de amparo de la Defensa Pública del país transadino que reclamó que se ordene su libertad.

La defensora penal pública penitenciaria de la Región de la Araucanía, Giegliola Viviana Burgos Pérez, en representación de Jones Huala impulsó esta semana el amparo ante la Corte de Apelaciones de Temuco cuestionando atribuciones que se tomó la Gendarmería de ese país (como autoridad en los centros penitenciarios) que elevó consulta para conocer el cómputo de la pena del referente mapuche a la Comisión de Libertad Condicional.

La defensora penal fundamentó en un escrito de doce páginas la petición y remarcó que la extradición de Jones Huala autorizada por el juez federal de Bariloche, Gustavo Villanueva, se concedió para completar la pena que en diciembre de 2018 obtuvo el referente mapuche a 6 años de prisión.

El cómputo en el proceso de extradición, que fue ratificado por la Cámara de Apelaciones de Valdivia, estableció que le faltaba un saldo de condena de un año, cuatro meses y 17 días.

Además, la defensora indicó que también en una audiencia de abril del Tribunal de Garantías de Río Bueno se reconoció a favor de Jones Huala los 11 meses y 5 días que estuvo detenido en Argentina, hasta su extradición, y por eso según la abogada el 14 de junio debería haber quedado liberado, incluso doce días antes del plazo que el propio detenido y la sentencia de extradición establecieron.

“No existiendo más condenas que computar, debe quedar en libertad”, enfatizó Burgos Pérez en el recurso de amparo.


Críticas de la defensora de Jones Huala a la Gendarmería de Chile


En el escrito, la defensora apuntó contra Gendarmería de Chile, que tiene a su cargo la administración de las cárceles, que el 27 de junio pasado “no accede a la petición de esta defensora y solo informa que derivará el caso para que sea la Comisión de Libertad Condicional quien informe el saldo de pena por revocación de la libertad condicional del amparado”.

Los órganos de la administración del Estado, no pueden atribuirse autoridad o derechos que no se les han expresamente concedido, ni aún a pretexto de circunstancias extraordinarias, consagrando el principio de separación de funciones. En consecuencia, Gendarmería de Chile, no puede actuar como órgano jurisdiccional, resolviendo materias fuera de su competencia, por cuanto no ha sido facultado con tal atribución”, reprochó la abogada defensora.

Acusó que la “privación de libertad” de Jones Huala que se extiende más del plazo previsto es “ilegítima dado que se ejecutan en exceso del marco de atribuciones de la autoridad (en este caso) y que gravan en mayor medida esa privación de libertad”.

La defensora pidió que la Cámara de Temuco “resuelva la controversia planteada” debido a que Jones Huala “no puede estar privado de libertad si no en los casos y formas que establece la ley”. Agregó que “no es la Comisión de Libertad Condicional quien debe informar el saldo de pena que le queda a mi representado para cumplir su condena, toda vez que esa situación ya fue revisada dentro del procedimiento de extradición, y fue el Ministerio Público del Estado Chileno quien informó que el saldo de pena era de 1 año 4 meses y 17 días”.

También afirmó que hay una “incerteza jurídica” en “mantenerlo privado de libertad de manera arbitraria y antojadiza por periodos de tiempo indefinidos, vagos o imprecisos” y que no pronunciarse al respecto atenta contra las normativas vigentes y también afecta los tratados internacionales entre Chile y Argentina.


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